SAP Granada 357/2013, 28 de Junio de 2013

PonenteJESUS FLORES DOMINGUEZ
ECLIES:APGR:2013:702
Número de Recurso340/2012
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución357/2013
Fecha de Resolución28 de Junio de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

(SECCIÓN 1ª)

GRANADA

APELACIÓN PENAL NÚMERO 340 de 2012.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 265/2011.

JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO CUATRO DE GRANADA.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. relacionados al margen, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente

- SENTENCIA Nº 357-ILTMOS. SRES .:

DON JESÚS FLORES DOMÍNGUEZ .

DOÑA ROSA MARÍA GINEL PRETEL .

DOÑA Mª MARAVILLAS BARRALES LEÓN .

. . . . . . . . . . . . . . . .

En la ciudad de Granada, a veintiocho de junio de dos mil trece.-Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la sección primera de esta Audiencia Provincial, el procedimiento abreviado número 265/2011, del Juzgado de lo Penal número cuatro de los de esta capital, por un delito contra la salud pública, siendo parte, además del Ministerio Fiscal, como apelante, Candido, representado por la Procuradora Sra. Romero Losada y defendido por el Letrado Sr. Escribano Gares; actuando como ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don JESÚS FLORES DOMÍNGUEZ.- -ANTECEDENTES DE HECHO- PRIMERO.- Por la Iltma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal número cuatro de los de Granada se dictó sentencia con fecha 26 de Septiembre de 2012 en la cual se declaran probados los siguientes hechos: "De las pruebas practicadas, apreciadas en conciencia, resulta probado y así se declara que el dia 25 de agosto de 2011, miembros de la Guardia Civil se trasladaron al CAMINO000 de la localidad de Dilar, domicilio de Candido, localizando en su interior un invernadero de 12 metros cuadrados con 4 plantas de cannabis sativa de gran tamaño (3,5, y 4 metros) cultivadas por éste, las cuales, tras ser debidamente analizadas, resultaron con un peso neto de 1.840#2 gramos (THC 1#02%) valoradas en 8.100 euros aproximadamente y que iba a ser destinada por éste al tráfico ilícito, accediendo Candido voluntariamente a que los agentes entraran al lugar e incautaran las plantas.".-SEGUNDO.- La parte dispositiva de dicha resolución expresa textualmente: "Que debo condenar y condeno a Candido como autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública previsto y penado en el art. 368 inciso 2º del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión, accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de nueve mil euros, con dos meses de arresto sustitutorio por impago, más las costas causadas.

Procede el comiso y destrucción de la sustancia intervenida.".-TER...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR