SAP Castellón 212/2013, 21 de Junio de 2013

PonenteESTEBAN SOLAZ SOLAZ
ECLIES:APCS:2013:539
Número de Recurso15/2013
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución212/2013
Fecha de Resolución21 de Junio de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN PRIMERA

Juicio Oral Núm. 15 del año 2.013.

Procedimiento Abreviado Núm. 306 del año 2.010.

Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Castellón.

SENTENCIA Nº 212

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Don CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistrados:

Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

En la ciudad de Castellón, a veintiuno de junio de dos mil trece.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto en juicio oral y público la causa instruida con el número de Procedimiento Abreviado 15 del año 2.003 por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Castellón, y seguido por delitos de estafa y apropiación indebida, contra Víctor, con D.N.I. núm. NUM000, nacido en Paterna (Valencia) el día NUM001 .1953, hijo de Vicente y Rosa, y vecino de Villarreal (Castellón), AVENIDA000 NUM002 - NUM003 - NUM004

, con instrucción y sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en situación de libertad provisional por esta causa.

Han sido partes en el proceso, el Ministerio Fiscal representado por el Iltmo. Sr. Fiscal Don Juan Salvador Salom Escrivá, la acusación particular constituida por Don Alberto, representado por el Procurador Don Ramón Soria Torres y defendido por la Abogada Doña Nereida Tirado Ramos, el citado acusado y la responsable civil subsidiaria S.V. Almazora Inmobles S.L., ambos bajo la representación procesal de la Procuradora Doña María Castellano García y la dirección letrada de Don Juan Carlos Ballesteros Chinchilla, y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 19 de junio de 2013, se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número de procedimiento abreviado 306 del año 2.010 por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Castellón, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas, con el resultado que consta en el acta levantada por el Sr. Secretario actuante.

SEGUNDO

La Acusación Particular en sus conclusiones definitivas calificó los hechos objeto del proceso como constitutivos de un delito de apropiación indebida cualificado del artículos 252 en relación con el artículo 250 apartados 1 º y 6º CP, o subsidiariamente de un delito de estafa de los artículos 248, 249 y 250. 1 º y 6º CP, acusando como autor del mismo al acusado Víctor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitó que se le condenara a la pena de cuatro años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relativa a la promoción inmobiliaria y construcción durante el tiempo de la condena, multa de doce meses con una cuota diaria de 10 euros (3.600 euros) que generara una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos días de cuota de multa impagadas, pago de las costas y que como responsabilidad civil el acusado y la entidad mercantil SV Almazora Inmobles S.L. como responsable civil subsidiaria deberán ser condenados a pagar al perjudicado la cantidad de 13.910 euros mas los intereses legales del artículo 576 LEC .

TERCERO

El Ministerio Fiscal y la defensa del acusado, en sus conclusiones definitivas, disintieron del relato de hechos de la Acusación Particular, estimando que los hechos no constituían infracción penal y solicitaron la libre absolución del acusado con todos los pronunciamientos favorables.

HECHOS PROBADOS

"La mercantil S.V. Inmobles Almassora S.L., de la que el acusado Víctor, mayor de edad y sin antecedentes penales, era administrador único, concibió la realización de una promoción inmobiliaria con la construcción y venta de treinta y seis viviendas y cuarenta y cinco plazas de garage en la población de Almazora (Castellón) CALLE000 números NUM005, NUM006 y NUM007 esquina con la CALLE001 números NUM008, NUM009, NUM010 y NUM011, conocida como " EDIFICIO000 ".

Para la adquisición del suelo donde iba a construirse la promoción, el acusado Víctor actuando como representante legal de la mercantil S.V. Inmobles Almassora S.L. formalizó el 12 de junio de 2007 escrituras de permuta de solar por obra futura con Avelino y María Purificación, Blas, Carmelo y Andrea y con Apolonia, Daniel y Brigida .

En la misma fecha y con la misma finalidad, el acusado Víctor actuando como representante legal de la mercantil S.V. Inmobles Almassora S.L., suscribió escritura pública otorgada ante el Notario de Almazora Don Luis Fernández Santana con número de Protocolo 1575 por el que la entidad de crédito Caixa Penedés concedió un préstamo hipotecario por importe de 1.700.000 euros sobre la finca resultante de la agrupación de las permutadas, de cuyo importe se destinaron 977.000 euros a suscribir un Fondo de inversión "FonpenedesDiner FI en la entidad Cep Gestora SG I.I.C, S.A" exigido por la entidad de prestataria.

Asimismo, también el día 12 de junio de 2007, el acusado Víctor actuando como representante legal de la mercantil S.V. Inmobles Almassora S.L, suscribió con la entidad Caixa Penedés contrato de afianzamiento mercantil por importe de 977.000 euros para avalar a los permutantes la finalización y entrega de los inmuebles contratados, suscribiéndose igualmente y en la misma fecha, contrato de prenda por el importe de 977.000 euros a favor de Caixa Penedes pignorando los derechso de créditos sobre el indicado fondo de inversión.

Iniciada la oferta pública de la promoción, la mercantil SVS Inmobles Almassora S.L. firmó diversos contratos entre el 14 de septiembre de 2007 y el 29 de diciembre de 2007 para la reserva y adquisición de pisos y plazas de aparcamiento con Daniel, Geronimo, Felisa, Isaac, Inés, Leticia y Alberto, todos los cuales hicieron entrega de diversas cantidades para reserva y a cuenta de compra de las futuras viviendas y plazas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR