SAP Madrid 628/2011, 30 de Junio de 2011

PonenteSUSANA POLO GARCIA
ECLIES:APM:2011:19767
Número de Recurso77/2011
ProcedimientoAPELACIÓN
Número de Resolución628/2011
Fecha de Resolución30 de Junio de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 26ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 26

MADRID

SENTENCIA: 00628/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN VIGÉSIMOSEXTA

ROLLO DE APELACIÓN: RP 77/11

Órgano de Procedencia : Juzgado de lo Penal nº 8 de Madrid

Proc. Origen: Juicio Oral Nº 159/2009

SENTENCIA Nº 628/ 2011

ILMAS/OS. SRAS/ES.

PRESIDENTA:

Dña. Susana Polo García

MAGISTRADAS/OS:

Dña. Pilar Alhambra Pérez

Dn. Leopoldo Puente Segura

En Madrid, a treinta de junio de dos mil once.

VISTO, por esta Sección Vigésimosexta de esta Audiencia Provincial en la causa instruida en el RP 77/11, el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Salvador, contra sentencia de fecha 24 de junio de 2010, dictada por el Juzgado Penal nº 8 de Madrid, en Juicio Oral nº 159/09 ; actuando como Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Susana Polo García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 8 de Madrid, en el procedimiento que mas arriba se indica se dictó sentencia en fecha 24 de junio de 2010, cuyos Hechos Probados son los siguientes: "....UNICO.- El día 8 de Marzo de 2009, el acusado Dº Salvador, encontró en la vía pública a la denunciante Dª Ana, que había sido su pareja de hecho ahasta fecha no detrminada.

El acusado reclamó a la Sra. Ana una cantidad que ésta efectivamente le adeudaba, parte de la renta percibida por un inmueble común, negándose la Sra. Ana a entregársela, al carecer en ese preciso momento de efectivo. El acusado con el exclusivo propósito de tomar la cantidad que le era debida, asió el bolso de la denunciante, tirando de él con fuerza, haciendo que la Sra. Ana cayera al suelo propinando varios tirones hasta que logró arrancarlo de las manos de su propietaria. El acusado no logró apoderarse del dinero reclamado, al intervenir un transeunte que le afeó su conducta y llamó a la policía, momento en el que el reo restituyó a la denunciante el bolso. En ese momento el acusado se dirigió a la denunciante con la expresión "ya vendré a por ti".

Como consecuencia de los hechos descritos, la Sra. Ana sufrió lesiones abrasivas en ambas rodillas, dolor en el hombro izquierdo con impotencia funcional y dolor en mano izquierda. Curó mediante una primera asistencia siéndole pautada tratamiento farmacológico sintomático, haciéndolo en siete días, de los cuales tres de incapacidad...."

Y, cuyo fallo establece: "... Que DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado Dº Salvador en concepto de autor de un delito de REALIZACION ADBITRARIA DEL PROPIO DERECHO y de un delito de MALTRATO EN EL AMBITO FAMILIAR, precedentemente definidos, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES MULTA con una cuota diaria de SEIS EUROS con un día de arresto por cada dos cuotas no pagadas, por la primera infracción, y,por la segunda, de SIETE MESES DE PRISION, con las accesorias legales de PRIVACION DEL DERECHO DE PORTE DE ARMAS O DE LA FACULTAD DE OBTENERLO POR DOS AÑOS, PROHIBICION DE APROXIMARSE A MENOS DE 500 METROS Y DE COMUNICAR CON Dª Ana POR TIEMPO DE DOS AÑOS, con la extensión prevista para ambas penas en el artículo 48 del Código Penal, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena privativa de libertad, así como al pago de las dos terceras partes de las costas procesales.

Debo ABSOLVER Y ABSUELVO al acusado Dº Salvador, del delito de AMENAZAS del que venia siendo acusado, declarando de oficio el pago de una tercera parte de las costas procesales.

Mantengánse las medidas cautelares relativas a al protección de la víctima acordadas durante la fase de instrucción hasta que sea firme la resolución..."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo los motivos de impugnación que obran en el escrito unido a la causa, dando traslado del mismo a las partes, se opuso al mismo el Ministerio Fiscal.

TERCERO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibieron que fueron, se señaló como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR