STSJ País Vasco 571/2011, 7 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución571/2011
Fecha07 Septiembre 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 759/09

DE Ordinario

SENTENCIA NUMERO 571/2011

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS:

DON ÁNGEL RUIZ RUIZ

DON JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

En Bilbao, a siete de septiembre de dos mil once.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 759/09 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la resolución de 18 de marzo de 2009, del TEAF de Bizkaia que estimó parcialmente la reclamación 711/2008, contra liquidación practicada por el IRPF, retenciones a cuenta capital mobiliario ejercicios 1987 a 1991; y contra Acuerdo de 27 de mayo de 2009 del servicio de recaudación por el que se practica nueva liquidación de intereses en ejecución del acuerdo del TEAF de 18.3.09.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE : BANCO VITALICIO DE ESPAÑA S.A COMPAÑIA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representado por el Procurador D. GERMÁN APALATEGUI CARASA y dirigido por el Letrado

D. ANTONIO MARTÍNEZ LAFUENTE.

- DEMANDADA : DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA, representada por la Procuradora Dª. MÓNICA DURANGO GARCÍA y dirigido por Letrado.

Ha sido Magistrada Ponente la Iltma. Sra. Dña. ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 29 de mayo de 2009 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que el Procurador D. GERMAN APALATEGUI CARASA actuando en nombre y representación de BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, COMPAÑIA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, interpuso recurso contencioso-administrativo contra ; quedando registrado dicho recurso con el número 759/09.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se anule la resolución del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Hacienda Foral de Vizcaya notificada a "Banco Vitalicio de España", Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros" el 28 de abril de 2008, por la que se practicó a su cargo liquidación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, "Rentenciones del Capital Mobiliario", años 1988 a 1991, por importe de 592.810,50 euros, por su disconformidad a derecho, pronunciamiento de nulidad que procederá hacer extensivo a la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Foral de Vizcaya de 18 de marzo de 2009.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestimando la demanda y declarando ajustada a derecho la resolución impugnada.

CUARTO

Por auto de 10/09/2011 se acordó acceder a la ampliación del presente recurso contenciosoadministrativo al acuerdo de 27.5.09 del Servicio de Recaudación por el que se practica nueva liquidación de intereses en ejecución de la estimación parcial del acuerdo del TEAF impugnado.

-Por el Procurador Sr. Apalategui Carasa se formalizó demanda en relación a la ampliación acordada, suplicando se dictase sentencia por la que se quede sin efecto la liquidación de intereses de demora por importe de 142.810,33 euros.

-La Diputación Foral de Bizkaia en su escrito de contestación suplicaba el dictado de una sentencia desestimando la demanda y declarando ajustada a derecho la resolución impugnada.

QUINTO

Por auto de 22 de diciembre de dos mil nueve se fijó como cuantía del presente recurso la de 592.810,50 euros.

SEXTO

Por resolución de fecha 29 de enero de 2010 se acordó no haber lugar a la práctica de los medios de prueba interesados.

SÉPTIMO

En los escritos de conclusiones las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

OCTAVO

Por resolución de fecha 27/07/11 se señaló el pasado día 06/09/11 para la votación y fallo del presente recurso.

NOVENO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo por Banco Vitalicio de EspañaCompañía Anónima de Seguros y Reaseguros contra la resolución de 18 de marzo de 2009, del TEAF de...

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