ATSJ País Vasco 209/2011, 6 de Julio de 2011

PonenteJOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ
ECLIES:TSJPV:2011:622A
Número de Recurso32/2011
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución209/2011
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2011
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

BARROETA ALDAMAR 10 2ª Planta- C.P. 48001, Bilbao Tel.: 94-4016655

N.I.G.: 00.01.3-08/001745

Procedimiento origen: Ordinario 1171/08

Procedimiento: Extens.efectos 32/11 Sección: 1

Ejecutante: María Consuelo

Represent. María Consuelo

|

|

|

|

Administración demandada: MINISTERIO DEL INTERIOR-DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y DELA GUARDIA CIVIL- CUERPO NACIONAL DE POLICIA

Represent. ABOGADO DEL ESTADO

ASUNTO :

PIEZA DE EXT DE María Consuelo

AUTO Nº 209/11

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA MAGISTRADOS:D. JOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ

D. YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO

Siendo Ponente D. JOSE ANTONIO GONZALEZ SAIZ. En Bilbao, a seis de julio de dos mil once.

HECHOS
PRIMERO

Por María Consuelo se ha presentado escrito solicitando la aplicación a su favor de lo resuelto en la sentencia dictada por esta Sala en el recurso contencioso-administrativo número 1171/08 por estimar encontrarse en la misma situación jurídica que los favorecidos por el fallo.

SEGUNDO

Por decreto de fecha 18 de febrero de 2011 se tuvo por promovido el incidente de extensión de efectos y se requirió a la Administración demandada el envío de los antecedentes que estimara oportunos y un informe detallado sobre la viabilidad de la extensión solicitada con emplazamiento, en su caso, de los interesados directamente afectados por los efectos de la extensión.

TERCERO

Recibida la documentación, se ha puesto de manifiesto a las partes para alegaciones, con el resultado que obra en las actuaciones, quedando las mismas pendientes de resolución.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el presente incidente de ejecución de sentencia se proclama por el solicitante la extensión de efectos de la Sentencia 491/2.010, de 12 de Julio, en RCA nº 1.171/2.008, se encuentra en situación jurídica idéntica a la del favorecido por el fallo de cuya extensión de efectos se trata, de haber realizado fuera de Avila el período denominado "Aula Práctica" en la Comisaría Provincial de Soria entre el 14-02-2.007 y el 2-07-2.007, y asimismo el período de Prácticas Profesionales en la Comisaría Local de Jaca entre el 3-07-07 y el 15-02-2.008 y esa situación de estancia en lugar distinto al tenido por residencia oficial es la que según la sentencia dictada por esta Sala en el citado recurso daría derecho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR