SAP Álava 523/2011, 26 de Octubre de 2011
Ponente | EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI |
ECLI | ES:APVI:2011:500 |
Número de Recurso | 369/2011 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000 |
Número de Resolución | 523/2011 |
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA
ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA
Sección / Sekzioa: 1ª/1.
AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008
Tel.: 945-004821
Fax / Faxa: 945-004820
N.I.G. / IZO : 01.02.2-07/000059
A. p. ordinario L2 / 369/2011
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Vitoria) / Gazteizko Lehen Auzialdiko 3 zk.ko Epaitegia
Autos de 12/2007 (e) ko autoak
Recurrente/Errekurtsogilea: CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A., OPACUA S.A.
Procurador / Prokuradorea: D. MIGUEL ÁNGEL ECHEVARRI MARTÍNEZ, Dª MARÍA BOULANDIER FRADE
Abogado / Abokatua: Dª ELVIRA MÚGICA URANGA, Dª MARÍA ZUBELDIA MONEO
Recurrido / Errekurritua: ALLIANZ y IGOAN SOLAR S.A., INSTALACIONES HERMANOS CALVO S.A., GIROA S.A., LAGUN ARO S.A.
Procurador / Prokuradorea: Dª CONCEPCIÓN MENDOZA ABAJO, Dª SOLEDAD CARRANCEJA DÍEZ,
D. JOSÉ IGNACIO BELTRÁN ARTECHE, Dª ANA ROSA FRADE FUENTE
Abogado / Abokatua: Dª SUSANA SUCUNZA TOTORICAGÜENA, D. ALBERTO MURUA, Dª ANTXOKA GOROSTIZA MIRANDA, D. JOAQUÍN URIBE ALONSO
PERSONADO: COMUNIDAD PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000 - NUM001 Y DIRECCION001 NUM002 - NUM003
Procurador / Prokuradorea: D. JUAN USATORRE IGLESIAS
Abogado. / Abokatua: Dª MÓNICA ROMÁN
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Srs. Magistrados Dª Mercedes Guerrero Romeo, Presidenta, D. Edmundo Rodríguez Achútegui y Dª Silvia Víñez Argüeso, Magistrados, ha dictado el día veintiseis de octubre de dos mil once
EN NOMBRE DEL REY la siguiente
S E N T E N C I A Nº 523/11
El recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 369/2011, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria-Gasteiz, derivado de los Autos de Juicio Ordinario nº 12/2007, ha sido promovido por CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales D. MIGUEL ÁNGEL ECHEVARRI MARTÍNEZ, asistido del letrado Dª ELVIRA MÚGICA URANGA, y por OPACUA S.A ., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª MARÍA BOULANDIER FRADE, asistida de la letrada Dª MARÍA ZUBELDIA MONEO, frente a la sentencia dictada el 18 de enero de 2011 . Son partes apeladas ALLIANZ y IGOAN SOLAR S.A., representadas por la Procuradora de los TribunalesDª CONCEPCIÓN MENDOZA ABAJO, asistida de la letrada Dª SUSANA SUCUNZA TOTORICAGÜENA, INSTALACIONES HERMANOS CALVO S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª SOLEDAD CARRANCEJA DÍEZ, asistida del letrado D. ALBERTO MURUA, GIROA S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. JOSÉ IGNACIO BELTRÁN ARTECHE, asistido de la letrada Dª ANTXOKA GOROSTIZA MIRANDA, y LAGUN ARO S.A ., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª ANA ROSA FRADE FUENTES, asistida del letrado D. JOAQUIN URIBE ALONSO. Se ha personado en este rollo la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 - NUM001 y DIRECCION001 NUM002 - NUM003, representada por el Procurador de los Tribunales D. JUAN USATORRE IGLESIAS, asistido de la letrada Dª MÓNICA ROMÁN. Actúa como ponente el Sr. Magistrado
D. Edmundo Rodríguez Achútegui.
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Vitoria-Gasteiz se dictó el 18 de enero de 2011 sentencia en juicio ordinario nº 12/2007, cuya parte dispositiva dice:
"1º. Se acuerda estimar íntegramente la demanda presentada por Ana Rosa Frade, en nombre y representación de SEGUROS LAGUN ARO S.A., contra IGOAN SOLAR S.L., Hermanos Calvo S.A., GIROA
S.A, a los que condeno de forma solidaria al pago de 7.211, 55 euros, más intereses y al pago de las costas procesales.
-
Se acuerda aceptar la excepción de prescripción de la acción alegada por la Procuradora D. ª Concepción Mendoza Abajo en nombre y representación de IGOAN SOLAR S.L y la Compañía de Seguros ALLIANZ, y por el Procurador D. José Ignacio Beltrán Arteche en nombre y representación de GIROA S.A., frente a la demanda presentada por el Procurador D. Miguel Ángel Echavarri Martínez en nombre y representación de BIHARKO ASEGURADORA S.A., con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte demandante.
-
Y por último, se estima íntegramente la demanda presentada por el Procurador D. Miguel Ángel Echavarri Martínez en nombre y representación de BIHARKO ASEGURADORA S.A. contra OPACUA S.A. y las Comunidades de Propietarios de la DIRECCION000 nº NUM000 al NUM001 y DIRECCION001 nº NUM002 al NUM003, a los que condeno de forma solidaria al pago de 35.961,86 euros, más intereses y al pago de las costas procesales".
En auto de aclaración de 28 de febrero se dispuso en la parte dispositiva:
"Se acuerda rechazar la solicitud de aclaración presentada por la Procuradora Dª Soledad Carranceja Díez, en nombre y representación de la Compañía de Seguros FIATC".
Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la representación de CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A., en el que alegaba incorrecta apreciación de la excepción de prescripción, que estima no concurre y considera debe provocar el análisis del fondo de la cuestión orillada al apreciar la inexistencia de acción por haber fenecido.
También interpuso recurso de apelación la representación de OPACUA S.A., alegando:
-
- Error en la aplicación de la jurisprudencia, puesto que entiende que determinado quien es responsable del daño no cabe extender al promotor la responsabilidad del mismo, como hace la sentencia.
-
- Error de derecho, por aplicar el art. 17.3 de la Ley de Ordenación de la Edificación a la demandada-
Los recursos se tuvieron por interpuestos mediante resolución de 5 de mayo, dándose el correspondiente traslado a las partes por diez días para alegaciones, presentando las representaciones de ALLIANZ y IGOAN SOLAR S.A., GIROA S.A., INSTALACIONES HERMANOS CALVO S.A. y SEGUROS LAGUN ARO S.A. escritos de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose posteriormente los autos a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 20 de junio se mandó formar el
Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia al D. Edmundo Rodríguez Achútegui.
En providencia de 14 de septiembre se acordó citar para deliberación, votación y fallo el día 20 de octubre siguiente.
En resolución de 27 de septiembre se tiene por personado y parte al Procurador de los Tribunales D. JUAN USATORRE IGLESIAS, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000 - NUM001 y DIRECCION001 NUM002 - NUM003, asistido de la letrada Dª MÓNICA ROMÁN.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.
Sobre la prescripción
CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A. apela la sentencia que desestima su repetición del importe satisfechos a sus asegurados, en cuya posición se subroga, por daños causados el 1 de noviembre de 2004, en las nueve viviendas afectadas por la salida de agua y humedad en el inmueble sito en la DIRECCION000 NUM001 de Vitoria-Gasteiz, como consecuencia de la rotura de un manguito de la instalación centralizada de calefacción y agua caliente sanitaria perteneciente a las Comunidades de las DIRECCION000 NUM000 a NUM001 y DIRECCION001 NUM002 a NUM003 .
Tras haber satisfecho a los dueños de la viviendas afectadas, la aseguradora se subroga en su acción conforme al art. 43 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS ) y demanda a quienes estima responsables del daño, es decir, a otros codemandados y a GIROA S.A., encargada del mantenimiento, e IGOAN SOLAR S.A. y su aseguradora ALLIANZ, que había instalado el sistema de energía solar en el que un manguito fue forzado y finalmente se rompe, provocando los daños.
La sentencia, estimando sus demás pedimentos, rechaza sin embargo la condena a GIROA S.A.,...
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