SAP Álava 523/2011, 26 de Octubre de 2011

PonenteEDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI
ECLIES:APVI:2011:500
Número de Recurso369/2011
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución523/2011
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO : 01.02.2-07/000059

A. p. ordinario L2 / 369/2011

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Vitoria) / Gazteizko Lehen Auzialdiko 3 zk.ko Epaitegia

Autos de 12/2007 (e) ko autoak

Recurrente/Errekurtsogilea: CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A., OPACUA S.A.

Procurador / Prokuradorea: D. MIGUEL ÁNGEL ECHEVARRI MARTÍNEZ, Dª MARÍA BOULANDIER FRADE

Abogado / Abokatua: Dª ELVIRA MÚGICA URANGA, Dª MARÍA ZUBELDIA MONEO

Recurrido / Errekurritua: ALLIANZ y IGOAN SOLAR S.A., INSTALACIONES HERMANOS CALVO S.A., GIROA S.A., LAGUN ARO S.A.

Procurador / Prokuradorea: Dª CONCEPCIÓN MENDOZA ABAJO, Dª SOLEDAD CARRANCEJA DÍEZ,

D. JOSÉ IGNACIO BELTRÁN ARTECHE, Dª ANA ROSA FRADE FUENTE

Abogado / Abokatua: Dª SUSANA SUCUNZA TOTORICAGÜENA, D. ALBERTO MURUA, Dª ANTXOKA GOROSTIZA MIRANDA, D. JOAQUÍN URIBE ALONSO

PERSONADO: COMUNIDAD PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000 - NUM001 Y DIRECCION001 NUM002 - NUM003

Procurador / Prokuradorea: D. JUAN USATORRE IGLESIAS

Abogado. / Abokatua: Dª MÓNICA ROMÁN

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Srs. Magistrados Dª Mercedes Guerrero Romeo, Presidenta, D. Edmundo Rodríguez Achútegui y Dª Silvia Víñez Argüeso, Magistrados, ha dictado el día veintiseis de octubre de dos mil once

EN NOMBRE DEL REY la siguiente

S E N T E N C I A Nº 523/11

El recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 369/2011, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vitoria-Gasteiz, derivado de los Autos de Juicio Ordinario nº 12/2007, ha sido promovido por CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales D. MIGUEL ÁNGEL ECHEVARRI MARTÍNEZ, asistido del letrado Dª ELVIRA MÚGICA URANGA, y por OPACUA S.A ., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª MARÍA BOULANDIER FRADE, asistida de la letrada Dª MARÍA ZUBELDIA MONEO, frente a la sentencia dictada el 18 de enero de 2011 . Son partes apeladas ALLIANZ y IGOAN SOLAR S.A., representadas por la Procuradora de los TribunalesDª CONCEPCIÓN MENDOZA ABAJO, asistida de la letrada Dª SUSANA SUCUNZA TOTORICAGÜENA, INSTALACIONES HERMANOS CALVO S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª SOLEDAD CARRANCEJA DÍEZ, asistida del letrado D. ALBERTO MURUA, GIROA S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. JOSÉ IGNACIO BELTRÁN ARTECHE, asistido de la letrada Dª ANTXOKA GOROSTIZA MIRANDA, y LAGUN ARO S.A ., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª ANA ROSA FRADE FUENTES, asistida del letrado D. JOAQUIN URIBE ALONSO. Se ha personado en este rollo la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 NUM000 - NUM001 y DIRECCION001 NUM002 - NUM003, representada por el Procurador de los Tribunales D. JUAN USATORRE IGLESIAS, asistido de la letrada Dª MÓNICA ROMÁN. Actúa como ponente el Sr. Magistrado

D. Edmundo Rodríguez Achútegui.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Vitoria-Gasteiz se dictó el 18 de enero de 2011 sentencia en juicio ordinario nº 12/2007, cuya parte dispositiva dice:

"1º. Se acuerda estimar íntegramente la demanda presentada por Ana Rosa Frade, en nombre y representación de SEGUROS LAGUN ARO S.A., contra IGOAN SOLAR S.L., Hermanos Calvo S.A., GIROA

S.A, a los que condeno de forma solidaria al pago de 7.211, 55 euros, más intereses y al pago de las costas procesales.

  1. Se acuerda aceptar la excepción de prescripción de la acción alegada por la Procuradora D. ª Concepción Mendoza Abajo en nombre y representación de IGOAN SOLAR S.L y la Compañía de Seguros ALLIANZ, y por el Procurador D. José Ignacio Beltrán Arteche en nombre y representación de GIROA S.A., frente a la demanda presentada por el Procurador D. Miguel Ángel Echavarri Martínez en nombre y representación de BIHARKO ASEGURADORA S.A., con expresa condena al pago de las costas procesales a la parte demandante.

  2. Y por último, se estima íntegramente la demanda presentada por el Procurador D. Miguel Ángel Echavarri Martínez en nombre y representación de BIHARKO ASEGURADORA S.A. contra OPACUA S.A. y las Comunidades de Propietarios de la DIRECCION000 nº NUM000 al NUM001 y DIRECCION001 nº NUM002 al NUM003, a los que condeno de forma solidaria al pago de 35.961,86 euros, más intereses y al pago de las costas procesales".

En auto de aclaración de 28 de febrero se dispuso en la parte dispositiva:

"Se acuerda rechazar la solicitud de aclaración presentada por la Procuradora Dª Soledad Carranceja Díez, en nombre y representación de la Compañía de Seguros FIATC".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la representación de CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A., en el que alegaba incorrecta apreciación de la excepción de prescripción, que estima no concurre y considera debe provocar el análisis del fondo de la cuestión orillada al apreciar la inexistencia de acción por haber fenecido.

TERCERO

También interpuso recurso de apelación la representación de OPACUA S.A., alegando:

  1. - Error en la aplicación de la jurisprudencia, puesto que entiende que determinado quien es responsable del daño no cabe extender al promotor la responsabilidad del mismo, como hace la sentencia.

  2. - Error de derecho, por aplicar el art. 17.3 de la Ley de Ordenación de la Edificación a la demandada-

CUARTO

Los recursos se tuvieron por interpuestos mediante resolución de 5 de mayo, dándose el correspondiente traslado a las partes por diez días para alegaciones, presentando las representaciones de ALLIANZ y IGOAN SOLAR S.A., GIROA S.A., INSTALACIONES HERMANOS CALVO S.A. y SEGUROS LAGUN ARO S.A. escritos de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose posteriormente los autos a esta Audiencia Provincial.

QUINTO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 20 de junio se mandó formar el

Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia al D. Edmundo Rodríguez Achútegui.

SEXTO

En providencia de 14 de septiembre se acordó citar para deliberación, votación y fallo el día 20 de octubre siguiente.

SÉPTIMO

En resolución de 27 de septiembre se tiene por personado y parte al Procurador de los Tribunales D. JUAN USATORRE IGLESIAS, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM000 - NUM001 y DIRECCION001 NUM002 - NUM003, asistido de la letrada Dª MÓNICA ROMÁN.

OCTAVO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Sobre la prescripción

CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS BIHARKO ASEGURADORA S.A. apela la sentencia que desestima su repetición del importe satisfechos a sus asegurados, en cuya posición se subroga, por daños causados el 1 de noviembre de 2004, en las nueve viviendas afectadas por la salida de agua y humedad en el inmueble sito en la DIRECCION000 NUM001 de Vitoria-Gasteiz, como consecuencia de la rotura de un manguito de la instalación centralizada de calefacción y agua caliente sanitaria perteneciente a las Comunidades de las DIRECCION000 NUM000 a NUM001 y DIRECCION001 NUM002 a NUM003 .

Tras haber satisfecho a los dueños de la viviendas afectadas, la aseguradora se subroga en su acción conforme al art. 43 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (LCS ) y demanda a quienes estima responsables del daño, es decir, a otros codemandados y a GIROA S.A., encargada del mantenimiento, e IGOAN SOLAR S.A. y su aseguradora ALLIANZ, que había instalado el sistema de energía solar en el que un manguito fue forzado y finalmente se rompe, provocando los daños.

La sentencia, estimando sus demás pedimentos, rechaza sin embargo la condena a GIROA S.A.,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
12 sentencias
  • SAP Vizcaya 232/2020, 5 de Octubre de 2020
    • España
    • 5 Octubre 2020
    ...de prescripción sólo respecto a esta y no respecto de los restantes agentes constructivos, cita las sentencias de la Audiencia Provincial de Álava, Sección 1ª, de 26 de octubre de 2011 y 23 de febrero de 2012 (resolución El recurso se desestima. La Ley de Ordenación de la Edif‌icación 38/1.......
  • SAP A Coruña 265/2017, 29 de Diciembre de 2017
    • España
    • 29 Diciembre 2017
    ...de prescripción sólo respecto a esta y no respecto de los restantes agentes constructivos, cita las sentencias de la Audiencia Provincial de Álava, Sección 1ª, de 26 de octubre de 2011 y 23 de febrero de 2012 (resolución Loa existencia de sentencias contradictorias y la apreciación por el T......
  • SAP Valencia 551/2020, 28 de Diciembre de 2020
    • España
    • 28 Diciembre 2020
    ...de prescripción sólo respecto a esta y no respecto de los restantes agentes constructivos, cita las sentencias de la Audiencia Provincial de Álava, Sección 1ª, de 26 de octubre de 2011 y 23 de febrero de 2012 (resolución El Juez a quo, en el fundamento de derecho cuarto, explicó la imposici......
  • STS, 16 de Enero de 2015
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 16 Enero 2015
    ...de prescripción sólo respecto a esta y no respecto de los restantes agentes constructivos, cita las sentencias de la Audiencia Provincial de Álava, Sección 1ª, de 26 de octubre de 2011 y 23 de febrero de 2012 (resolución El recurso se desestima. La Ley de Ordenación de la Edificación 38/1.9......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR