SAP Vizcaya 459/2011, 24 de Octubre de 2011

PonenteANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ
ECLIES:APBI:2011:1839
Número de Recurso539/2010
ProcedimientoRECURSO APELACIóN JUICIO CAMBIARIO LEC 2000
Número de Resolución459/2011
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 3ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016664

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.05.2-10/000463

A.j.cambiario L2 539/10

O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 1 (Balmaseda)

Autos de J.cambiario L2 151/10

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Recurrente: EXCAVACIONES GALDAMES S.L.

Procurador/a: ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS

Recurrido: BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A. -BBVAProcurador/a: GERMAN APALATEGUI CARASA

SENTENCIA Nº 459

ILMOS/AS. SRES/AS.

Dña. MARIA CONCEPCION MARCO CACHO

Dña. ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ

Dña. CARMEN KELLER ECHEVARRIA

En BILBAO 24 de octubre de 2011

VISTOS en grado de apelación ante la Sección TERCERA de esta Audiencia Provincial de Bilbao integrada por los Ilustrísimos Señores Magistrados del margen los presentes autos de juicio cambiario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Balmaseda y seguidos entre partes: Como apelante: EXCAVACIONES GALDAMES S.L representado por el procurador Alfonso Bartau y dirigido por la letrado Aránzazu García y como apelado: BBVA, S.A representado por el procurador German Apalategui y dirigido por el letrado Gaudencio García. SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la referida Sentencia de Instancia, de fecha siete de septiembre de 2010 y el auto aclaratorio de fecha veintiuno de septiembre de 2010 es del tenor literal siguiente: "FALLO:

Desestimar la demanda de oposición cambiaria interpuesta por la procuradora Sra. Ibáñez García en nombre de la mercantil Excavaciones Galdames, S.L. en relación con la demanda cambiaria interpuesta bajo la representación del procurador Sr. Martínez Rivero por el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, debiendo proseguir el juicio cambiario por sus trámites legales hasta la total satisfacción de la deuda, con imposición de las costas causadas a Excavaciones Galdames, S.L.

Notifíquese a las partes.

Contra esta resolución cabe preparar en el plazo de cinco días y ante este Juzgado recurso de apelación, indicando la intención de recurrir y los pronunciamientos impugnados, recurso del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Bizkaia.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

  1. - Se estima la petición formulada por el procurador D. Ignacio Echevarria Otañes, en nombre del BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A. -BBVA- de aclaración de la sentencia nº 80/10 dictada en el presente procedimiento con fecha 7 de septiembre de 2010, en el sentido que se indica: en el tercer Antecedente de Hecho.

  2. - La referida resolución queda definitivamente redactada en el particular señalado en los antecedentes, de la siguiente forma: "el descuento se hizo el 27 de febrero de 2009 según consta en el doc. 2, de los aportados por la demandada en oposición cambiaria".

Incorpórese esta resolución al libro de Sentencia y llévese testimonio a los autos principales.

MODO IMPUGNACIÓN :

Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden, en su caso, contra la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificada ( artículo 267.7 LOPJ ).

Los plazos para los recursos a que se refiere el anterior apartado se interrumpen, en su caso, por la solicitud y, en todo caso, comienzan a computarse desde el día siguiente a la notificación de este auto ( artículo 267.8 LOPJ ).

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

SEGUNDO

Que publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de Excavaciones Galdames S.L se interpuso en tiempo y en forma Recurso de Apelación que, admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia y emplazadas las partes para ante este Tribunal y subsiguiente remisión de los autos, comparecieron las partes por medio de sus procuradores, ordenándose a la recepción de autos y personamientos efectuados la formación del presente Rollo al que correspondió el número 539/10 de Registro y que se sustanción con arreglo a los trámites de su clase.

TERCERO

Que por providencia de fecha veintiocho de marzo de 2011 se señaló día para deliberación, votación y fallo.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso, se han observado las prescripciones legales

VISTOS, siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA ISABEL GUTIERREZ GEGUNDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Insta la representación de Excavaciones Galdames la revocación de la resolución recurrida y en su lugar se dicte otra en cuya virtud se estime la demanda de oposición cambiaria y por ende se desestime la pretensión de la entidad actora. En justificación de tal petición y en motivación del recurso señalaba y tras relatar los hechos objeto de litigio denunciaba lo que en definitiva constituye la determinación de la potestad recaudatoria de la Seguridad Social acreditándose como se advirtió a la Tesorería de la Seguridad Social en mayo de 2009 tras recibir orden de los embargos de crédito a favor de la mercantil Nortrans 2004 S.L, que dichos créditos se encontraban instrumentalizados en pagarés y se encontrarían previamente endosados. Desde tales premisas ponía de manifiesto que pese a la exposición de los hechos que en su momento verificó fue conminada la hoy apelante por el imperio de la citada Tesorería a la efectividad del crédito instrumentalizado en el pagaré que ahora se ejecute . En tal sentido se hacía eco del pago opuesto frente a la reclamación de la...

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