SAP Alicante 519/2011, 29 de Diciembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución519/2011
Fecha29 Diciembre 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMA

ALICANTE

Plaza DEL AYUNTAMIENTO,

Tfno: 965.93.61.62 - 965.93.61.63

Fax..: 965.93.61.35;

email..:alap10_ali@gva.es

NIG: 03014-37-1-2011-0006235

Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS Nº 000234/2011- - Dimana del Juicio de Faltas Nº 000026/2011

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE VILLAJOYOSA

SENTENCIA Nº 000519/2011

En Alicante, a veintinueve de diciembre de dos mil once

El Ilmo. Sr. Don Javier Martínez Marfil, Magistrado-Presidente de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 19 de abril de 2011, dictada por el Juzgado de Instrucción de Villajoyosa nº 2 en Juicio de Faltas núm. 26/2011, sobre incumplimiento de obligaciones familiares; habiendo actuado como parte apelante Dª. Ruth, y con intervención del MINISTERIO FISCAL.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: " Que en virtud de resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia n. 1 de Villajoyosa de fecha 17 de julio de 2009 se acordaron entre otras las medidas referentes al régimen de visitas de la hija menor de Ruth y Pedro, correspondiendo al padre de la niña un régimen de visitas de fines de semana alternos desde las 18 h de los viernes hasta las 20 horas del domingo.

El 22 de diciembre de 2010, el padre de la menor fue a recoger a su hija para disfrutar de su derecho de visitas, no acudiendo la madre a la entrega de la menor e impidiendo el derecho de visitas del padre " . HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: " Que debo condenar y condeno a Ruth, como autora criminalmente responsable de una falta de incumplimiento de obligaciones familiares, sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 30 días multa con una cuota diaria de 5 euros y pago de las costas procesales ".

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma por Dª. Ruth se interpuso el presente recurso, alegando: error en la apreciación de la prueba.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/las parte/s apelada/s y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a formar el presente Rollo nº 234/2011, en el que se dicta esta resolución.

QUINTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

I

I - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega el recurrente como motivo de su recurso error en la valoración de la prueba, considerando que no ha quedado probado que el motivo del incumplimiento del derecho de visitas haya sido su actuación sino la decisión del menor que se niega a estar con su padre, es decir, que no ha existido un incumplimiento doloso.

Sobre la alegada cuestión, una vez más...

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