STSJ Comunidad de Madrid 526/2013, 10 de Julio de 2013

PonenteMIGUEL MOREIRAS CABALLERO
ECLIES:TSJM:2013:11004
Número de Recurso5979/2012
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución526/2013
Fecha de Resolución10 de Julio de 2013
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931969

Fax: 914931957

34002650

NIG : 28.079.34.4-2012/0057434

Procedimiento Recurso de Suplicación 5979/2012-FS

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid 543/2011

Materia : Resolución contrato

Sentencia número: 526/13

Ilmos. Sres

D./Dña. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

D./Dña. MANUEL RUIZ PONTONES

D./Dña. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En Madrid a diez de julio de dos mil trece habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 5979/2012, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. PEDRO FECED MARTINEZ en nombre y representación de D./Dña. Amparo, contra la sentencia de fecha 10 de mayo de 2012 dictada por el Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid en sus autos número 543/2011, seguidos a instancia de D./Dña. Amparo frente a AYUNTAMIENTO DE MADRID, en reclamación por derecho al reconocimiento de la condición de personal laboral indefinido del Ayuntamiento de Madrid, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados: .

PRIMERO

La actora DÑA. Amparo es personal laboral del Ayuntamiento de Madrid, proveniente del extinguido Instituto Municipal de Deportes, con antigüedad de 20 de febrero de 2000, categoría profesional de jefe de negociado en el último contrato y recibiendo un salario de 1.900,80.- eur./mes con prorrata de pagas extraordinarias. Contrato a tiempo parcial del 85% de la jornada ordinaria.

SEGUNDO

La relación laboral se ha formalizado mediante la suscripción de los siguientes contratos:

  1. - El 20 de febrero de 2000 un contrato interino como auxiliar administrativo para sustituir a D. Gonzalo por anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento de empleo al tener cumplidos 64 años, que finalizó el 19 de febrero de 2001, a fin de prestar servicios en el Polideportivo de Pueblo Nuevo. El 17 de julio de 2000, fue trasladada a las Oficinas centrales de la Gerencia del Instituto Municipal de Deportes, Departamento económico presupuestario por necesidades del servicio con la misma categoría, turno y modalidad contractual.

  2. - El 27 de febrero de 2001 un contrato interino como auxiliar administrativo hasta la cobertura de la vacante que finalizó el 5 de marzo de 2003 por cobertura definitiva del puesto en proceso selectivo.

  3. - El 17 de marzo de 2003 un contrato eventual por circunstancias de la producción, como auxiliar administrativo, por "necesidades del servicio que no pueden ser atendidas por plantilla fija", para prestar servicios en el Polideportivo de Palomeras. El 17 de junio de 2003 fue trasladada a las oficinas centrales de la Gerencia del Instituto Municipal de Deportes, Departamento económico presupuestario, por necesidades del servicio con la misma categoría, turno y modalidad contractual. El contrato finalizó el 16 de julio de 2003.

  4. - El 17 de julio de 2003 un contrato interino como auxiliar administrativo para sustituir a una trabajadora con licencia por maternidad hasta su incorporación que.se produjo el 8 de noviembre de 2003.

  5. - El 9 de noviembre de 2003 un contrato eventual por circunstancias de la producción, por "necesidades de servicio que no pueden ser atendidas por plantilla fija", también como auxiliar administrativo, que finalizó el 5 de enero de 2004.

  6. - El 6 de enero de 2004 un contrato interino hasta la cobertura de la vacante, a fin de prestar servicios en el Departamento económico presupuestario, también como auxiliar administrativo. El 1 de enero de 2005 es trasladada a la Instalación Deportiva de Chamartín, conforme al Acuerdo de 29/10/2004 con ocasión de la reubicación de la plantilla debido a la extinción del IMD.

    El 27 de junio de 2006 es trasladada a la Dirección General del Deporte para cubrir otra plaza en virtud de acuerdo de movilidad notificado en esa fecha.

  7. - El 1 de noviembre de 2007, suscribe un contrato de relevo a tiempo parcial por jubilación parcial de Da Mercedes, con categoría de Jefe e negociado, para prestar servicios en la Instalación deportiva de Marqués de Samaranch.

TERCERO

A la relación laboral existente entre las partes le son de aplicación el Convenio Colectivo Único del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos (BOCM 24-10-06) y el Convenio Colectivo del Instituto Municipal de...

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