STSJ Comunidad de Madrid 502/2013, 25 de Julio de 2013

PonenteALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2013:10679
Número de Recurso589/2009
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución502/2013
Fecha de Resolución25 de Julio de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2009/0129849

Procedimiento Ordinario 589/2009

Demandante: D./Dña. Jose María y D./Dña. Diana

PROCURADOR D./Dña. PABLO HORNEDO MUGUIRO

Demandado: MINISTERIO DE LA VIVIENDA

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

PONENTE ILMO. SR. D. ALFONSO SABAN GODOY.

SENTENCIA Nº 502/2013

Presidente:

D. CARLOS VIEITES PEREZ

Magistrados:

D. ALFONSO SABAN GODOY

D. JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON

En Madrid a 25 de julio de 2013.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 589/2009 interpuesto por el PROCURADOR DON PABLO HORNEDO MUGUIRO en nombre y representación de DOÑA Diana y de DON Jose María contra RESOLUCION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA DE FECHA 2 DE JUNIO DE 2006 ( R-12/04). FINCA Nº NUM000 . POLIGONO INDUSTRIAL " DIRECCION000 " de JAEN .

Habiendo sido parte el ABOGADO DEL ESTADO en nombre y representación del MINISTERIO DE LA VIVIENDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 24 DE JULIO DE 2013 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo Sr. D. ALFONSO SABAN GODOY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la Resolución del entonces Ministerio de la Vivienda de 2 de junio de 2006 por la que se desestima la solicitud interpuesta por los hoy recurrentes en su condición de herederos de los primitivos titulares por la que instan el reconocimiento de la reversión de la parcela nº NUM000 del Polígono Industrial " DIRECCION000 " de Jaén. El acto recurrido considera que la solicitud tuvo entrada en el órgano competente el 29 de enero de 2004 y que ante la falta de respuesta a la misma se interpuso recurso de alzada el 16 de marzo del mismo año, interpretando dicho plazo de tiempo como silencio positivo a su pretensión. La desestimación de dicho recurso tuvo lugar el 1 de junio también de 2004, resolución que el acto impugnado considera firme por ha haber sido objeto de recurso.

SEGUNDO

La demandante, por su parte, entiende que, en primer lugar, la solicitud de reversión es de 7 de julio de 1998 pues habían transcurrido más de cinco años sin haberse ejecutado la obra para la que los terrenos fueron expropiados, valiendo a tales efectos el preaviso de reversión, luego concretado en la solicitud al respecto de 26 de febrero de 2003. Su solicitud dice ser de 15 de diciembre de 2003 y que el 16 de marzo de 2004 se habría producido el silencio positivo de concesión de la reversión. En cuanto al fondo sostiene que la parcela se expropió para la construcción de un centro cívico.-administrativo dentro del Plan Parcial...

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