SAP Jaén 127/2013, 27 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución127/2013
Fecha27 Junio 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

J A E N

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

NÚM. UNO DE ANDÚJAR

JUICIO DE FALTAS INMEDIATO NÚM. 19/2011

ROLLO APELACIÓN PENAL NÚM. 29/2013

SENTENCIA NÚM. 127

En la ciudad de Jaén a veintisiete de junio de dos mil trece.

Vistos en grado de apelación en esta Audiencia provincial constituida por el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL MORALES ORTEGA, las Diligencias de Juicio de faltas inmediato núm. 19/2011, Rollo de Apelación núm. 29/2013 tramitadas por el Juzgado de Instrucción núm. Uno de Andújar por la falta de hurto.

Aparecen como apelantes Abel y Rafaela

Aparece como apelados Brigida y el Ministerio Fiscal.

Aceptando los Antecedentes de hecho de la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción núm. Uno de Andújar con fecha 13 de julio de 2011 .

ANTECENDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dicto sentencia que contiene el siguiente FALLO: " Se condena a Rafaela y a Abel como autores de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena cada uno de ellos de 10 días de localización permanente.

Se condena a Rafaela y a Abel a indemnizar de forma solidaria a Brigida en la cantidad de 298,54 euros, por la puerta sustraída.

Se impone a los condenados las costas del presente procedimiento por mitades" .

SEGUNDO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Abel y Rafaela presentando para ello, sendos escritos de alegaciones, en el que lo basa interesando la revocación de la Sentencia por las razones que se expresan en los fundamentos de esta resolución.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes por Brigida y el Ministerio Fiscal se presentaron sendos escritos de impugnación. Remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde se dictó providencia ordenando quedaran sobre la mesa para dictar sentencia o resolución oportuna.

HECHOS PROBADOS

Se rechazan los hechos probados que expresa la sentencia recurrida y se sustituyen por los que a continuación se transcriben: "Que el día 5-7-11, Brigida, interpuso denuncia contra Rafaela y Abel, hija y nieto respectivamente por haberle sustraído la hoja metálica de la puerta de la cochera sita en la C/ DIRECCION000, bloque NUM000 de Andújar (Jaén) .

RECHAZANDO los Fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia por la que se condena a los acusados como autores penalmente responsables de una falta de hurto prevista y penada en el art. 623.1 CP, se alzan sus respectivas representaciones procesales en sendos recursos de apelación, esgrimiendo como motivo según se puede extraer de sus algo confusos contenidos e imprecisas nominaciones, la existencia de error en la valoración de la prueba, argumentando en esencia que de la practicada no se...

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