STSJ Comunidad de Madrid 279/2013, 3 de Junio de 2013
Ponente | MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO |
ECLI | ES:TSJM:2013:6951 |
Número de Recurso | 897/2009 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 279/2013 |
Fecha de Resolución | 3 de Junio de 2013 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Sexta
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009730
NIG: 28.079.33.3-2009/0130257
Procedimiento Ordinario 897/2009
Demandante: D./Dña. Virgilio y D./Dña. Agustina
PROCURADOR D./Dña. FRANCISCO DE PAULA MARTIN FERNANDEZ
Demandado: AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE ENMEDIO
LETRADO DE CORPORACIÓN MUNICIPAL
D./Dña. Teodulfo
NOTIFICACIONES A: CALLE: GENERAL CADENAS CAMPOS, 0032 3 -IZDA C.P.:28039 Madrid (Madrid)
D./Dña. Celso
D./Dña. Felix
LETRADO D./Dña. ANTONIO SUAREZ-VALDES GONZALEZ, CL/: BRAVO MURILLO, 101 11º, C.P.:28020 MADRID (Madrid)
Recurso Núm. 897/09
Ponente: Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Sexta
SENTENCIA Núm.279
Ilmos. Sres.
Presidente: Dª Teresa Delgado Velasco
Magistrados :
Dª Cristina Cadenas Cortina
Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas
D. Francisco de la Peña Elías
________________________________________
En la Villa de Madrid, a 3 de junio de 2013.
VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 897/09 promovido por el Procurador don Francisco de Paula Martin Fernández, actuando en nombre y representación de Don Virgilio y doña Agustina contra el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Moraleja de En medio de fecha 8 de abril de 2009 por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra resolución de 2 de marzo de 2009 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas para cubrir 8 plazas en el Cuerpo de Policía Municipal del citado Ayuntamiento; habiendo sido parte en autos el Ayuntamiento de Moraleja de En medio, defendido por el letrado municipal; y como co-demandados don Felix, don Teodulfo y don Celso .
Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anule y deje sin efecto la resolución del Tribunal Calificador de fecha 2 de marzo de 2009, por la que se declaró aptos a don Felix, don Teodulfo y don Celso
, produciéndose consecuentemente la retroacción del procedimiento al estado en el que se hallaba tras la resolución de dicho Tribunal Calificador de fecha 19 de febrero de 2009, conservando el resto de los actos dictados.
El Ayuntamiento demandado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.
Tramitado el proceso y practicadas las pruebas documental y pericial medica, con el resultado obrante en autos, presentadas por ambas partes sus conclusiones escritas, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo cuando por turno les correspondiera, fijándose para ello la audiencia del día 20 de marzo de 2.013, teniendo así lugar.
Siendo ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, que expresa el parecer de la Sala.
Constituyen datos fácticos relevantes para resolver el presente recurso, que se desprenden de lo actuado y de las propias alegaciones de las partes, los siguientes:
Los actuales recurrentes, opositores aspirantes a plazas vacantes en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Moraleja de En medio, realizaron el día 5 de febrero de 2009 el cuarto ejercicio de la fase de Oposición, consistente en el reconocimiento médico, que les fue realizado en la localidad de Fuenlabrada (Madrid) en la clínica MEDICAM, publicándose el siguiente día 19 de febrero de 2009 en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Moraleja de En medio el listado de aspirantes declarados APTOS en dicha prueba entre los que se encontraban los recurrentes, y apareciendo un segundo grupo de aspirantes declarados NO APTOS entre los que se encontraban don Felix, don Teodulfo...
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