SAP Zaragoza 203/2013, 27 de Junio de 2013

PonenteALFONSO BALLESTIN MIGUEL
ECLIES:APZ:2013:1582
Número de Recurso119/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución203/2013
Fecha de Resolución27 de Junio de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA

SECCIÓN SEXTA

ROLLO DE APELACIÓN (RP) Nº 119/2013

SENTENCIA Nº 203/2013

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ

MAGISTRADOS

D. CARLOS LASALA ALBASINI

D. ALFONSO BALLESTÍN MIGUEL

En la ciudad de Zaragoza, a veintisiete de Junio de dos mil trece.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias de Procedimiento Abreviado nº 156 de 2.012, procedentes del Juzgado de lo Penal número 6 de Zaragoza, Rollo nº 119 de 2.013, por delitos de hurto y simulación de delito, siendo apelante Coro, representado por la Procuradora Sra. Magro Gay y defendida por el Letrado Sr. Notivoli Escalonilla, y apelado el Ministerio Fiscal, habiendo sido designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO BALLESTÍN MIGUEL, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia en fecha 25 de marzo de 2.013, cuya parte dispositiva, en lo necesario para la resolución del recurso, es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Coro como autora penalmente responsable de UN DELITO DE HURTO de artículo 234 y de UN DELITO DE SIMULACION DE DELITO del artículo 457 del Código Penal, concurriendo como circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, LA AGRAVANTE DE ABUSO DE CONFIANZA del num. 6 del art. 22 del C. Penal en el delito de hurto y sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en el delito de simulación de delito, a las penas de DOCE MESES Y UN DIA DE PRISION con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito de hurto, Y SEIS MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE SEIS EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del CP para el caso de impago o insolvencia por el delito de simulación de delito, y al pago de las costas procesales, asi como a indemnizar en concepto de responsabilidad civil a Mónica en la cantidad de 1.500 euros, mas el interés legal del art. 576 de la L.E.Civil .".

SEGUNDO

La relación fáctica de la resolución recurrida es del tenor literal siguiente: " En fecha o fechas no precisadas pero comprendidas entre los meses de julio y agosto de 2.011, haciendo uso de la llave del domicilio de su cuñada Mónica sito encima del de Coro, en CARRETERA000, NUM000, NUM001 NUM002 de la localidad de Muel (Zaragoza), llave de la misma le había entregado entre cualquier eventualidad que pudiera surgir en su ausencia, y abusando por ello de la confianza en ella depositada, accedió al piso y se llevó, con el propósito de incrementar su patrimonio a costa de lo ajeno, de 300 euros en efectivo y de varias joyas -medalla con la inscripción Leire 15 del 10 del 2007, con cadena, pulsera y anillo de niña, collar, pulsera y anillo de mujer, todo ello de oro-, valoradas en 1.200 euros, procediendo a la venta de las mismas en fechas 20 de julio y 10 de agosto, ambos de 2.011, en el establecimiento Caja Aragonesa de Metales Preciosos sito en Coso, 56, 2º dcha., de Zaragoza, por el precio de 88 y 390 euros, sin que hayan podido ser recuperadas al procederse por el comprador a su fundición transcurridos los plazos exigidos legalmente.

Posteriormente ya en fecha 19-9-2011 Coro para eludir cualquier tipo de responsabilidad y las sospechas que sobre ella recaerían ante la obligada exhibición de su DNI en las ventas referidas presentó denuncia ante el puesto de la Guardia Civil de Casablanca manifestando haber sido víctima de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR