SAP Lugo 267/2013, 3 de Julio de 2013
Ponente | JOSE LUIS QUIROGA DE LA FUENTE |
ECLI | ES:APLU:2013:499 |
Número de Recurso | 221/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 267/2013 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00267/2013
Iltmos. Sres.
D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO
D. JOSE RAFAEL PEDROSA LOPEZ
D. JOSE LUIS QUIROGA DE LA FUENTE, suplente.
Lugo, tres de julio de dos mil trece.
Visto en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de PROCEDIMIENTOORDINARIO 0000089 /2012, procedentes del XDO.1A.INST.EINSTRUCCION N.1 de A FONSAGRADA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000221 /2013, en los que aparece como parte apelante, Dña. Magdalena, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. Rodriguez Fernández, asistido por el Letrado Sr. Perez-Batallón Ordoñez, y como parte apelada, D. Artemio
, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. Figueroa Herrero, asistido por el Letrado Sr. Ferreiro Medina, sobre acción reivindicatoria e indemnización por daños, siendo ponente el Magistrado el Ilmo. D. JOSE LUIS QUIROGA DE LA FUENTE.
Con fecha 15 de febrero de 2013, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Fonsagrada, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Desestimo a demanda interposta por dona Magdalena contra don Artemio . Cada parte pagará as costas ocasionadas á súa instancia e as común por metade".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la demandante Dña. Magdalena, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C . 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Primera.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada excepto en lo que se opongan a lo que a continuación se razona, y además:
Frente a la decisión judicial desestimatoria de la acción reivindicatoria ejercitada se alza en apelación la parte actora.
De la titulación aportada por las partes ha quedado acreditado: Que en la casa y era reivindicadas resultó mejorado D. José Antonio, hermano de Carmen, madre del abuelo de las actoras (escritura de capitulaciones matrimoniales de 21 de octubre de 1.893 y documento de 8 de agosto de 1.900).
D. José Antonio cedió los derechos hereditarios que le correspondían en las herencias de sus padres, a
D. José Benito, padre del demandado (escritura de 2 de julio de 1.950),...
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ATS, 10 de Junio de 2014
...contra la Sentencia dictada, con fecha 3 de julio de 2013 por la Audiencia Provincial de Lugo (Sección Primera), en el rollo de apelación nº 221/2013 , dimanante de juicio ordinario nº 89/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de - Mediante diligencia de ordenación de fecha 6 de septiem......