SAN, 15 de Julio de 2013
Ponente | CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
ECLI | ES:AN:2013:3221 |
Número de Recurso | 399/2011 |
SENTENCIA
Madrid, a quince de julio de dos mil trece.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido Almeraya S.A., y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº Jaime Briones Méndez, frente a la frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, Grupo Enatcar S.A., y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Dª Marta Hernández Torrego, y Bus Madrid Almería S.L. y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº Victor García Montes, sobre Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 20 de julio de 2011, relativa a adjudicación de contrato, siendo la cuantía del presente recurso indeterminada.
Se interpone recurso contencioso administrativo promovido por Almeraya S.A., y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº Jaime Briones Méndez, frente a la frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, Grupo Enatcar S.A., y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Dª Marta Hernández Torrego, y Bus Madrid Almería S.L. y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº Victor García Montes, sobre Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 20 de julio de 2011, solicitando a la Sala, declare la nulidad de la Resolución impugnada.
Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.
Dentro de plazo legal la administración demandada formuló a su vez escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.
Habiéndose solicitado recibimiento a prueba, practicadas las declaradas pertinentes, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día nueve de julio de dos mil trece.
En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma.
Es objeto de impugnación en autos la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 20 de julio de 2011, sobre adjudicación de contrato de concesión administrativa del servicio de transporte regular permanente y de uso general de viajeros por carretera entre Madrid y Almería.
La recurrente fue excluida de la licitación por haber incluido en el sobre 2, documentos correspondientes al sobre 3.
El Pliego de Condiciones, dispone en su cláusula 4.7.2: "La inclusión en los sobres nº 1 o nº 2 de documentos correspondientes al sobre nº 3 será causa de exclusión del licitador, por vulnerar el carácter secreto de las ofertas a que se refiere el artículo 129.2 de la LCSP ."
Por su parte, el artículo 134.2 de la Ley 302007:
La evaluación de las ofertas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS, 22 de Octubre de 2014
...de 15 de julio de 2013 dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (en el recurso núm. 399/2011 Habiéndose personado como partes recurridas la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por el Abogado del Estado, y BUS MADRID ALMERÍ......