STSJ Comunidad de Madrid 404/2013, 12 de Junio de 2013
Ponente | RAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS |
ECLI | ES:TSJM:2013:6723 |
Número de Recurso | 472/2011 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 404/2013 |
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2013 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Tercera
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009710
NIG: 28.079.33.3-2011/0170182
Recurso número 472/2011
Ponente: Don Rafael Estévez Pendás
Recurrente: Sr. Jose Carlos
Procurador: Sra. San Mateo García
Demandado: Ministerio del Interior
Letrado: Sr. Abogado del Estado
SENTENCIA nº 404
Ilmo. Sr. Presidente:
Don Gustavo Lescure Ceñal
Ilmos. Sres. Magistrados:
Doña Fátima Arana Azpitarte
Don Rafael Estévez Pendás
En Madrid, a 12 de junio del año 2013, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por Don Jose Carlos, representado por la Procuradora Doña María Soledad San Mateo García, contra la Administración General del Estado, defendida por el Abogado del Estado, en la representación que por Ley le corresponde. La cuantía de este Recurso es indeterminada. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.
Se interpuso este Recurso el día 15 de enero del año 2010 ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, que lo remitió a esta Sala en el mes de enero del año 2011, formalizándose demanda por la parte recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia que, estimando el Recurso, declare en primer término la nulidad del Acuerdo del Tribunal Calificador del proceso selectivo de ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía de 22 de junio del año 2009 por la que se hizo pública la relación de aspirantes que superaron la fase de oposición, reconociendo el derecho del demandante a ser nombrado Policía Alumno con la misma antigüedad que la de los aspirantes seleccionados, en segundo término que se declare la nulidad de la Resolución de la Dirección General de la Policía de 17 de agosto del año 2009 por la que se desestimó el Recurso de alzada contra el Acuerdo del Tribunal Calificador de 22 de junio del 2009, en tercer lugar que se declare la nulidad de la Resolución de la misma Dirección General de 17 de diciembre del año 2009 que resuelve el Recurso Extraordinario de Revisión contra actos nulos ( sic ), y finalmente que se reconozca el derecho del recurrente a incorporarse como Policía Alumno al Centro de Formación de Ávila en la primera incorporación de alumnos que se produzca tras dictarse Sentencia, con reconocimiento de la antigüedad desde que debió ser nombrado Policía Alumno es decir, desde el 22 de junio del año 2009, imponiendo las costas a la Administración demandada.
El Abogado del Estado contestó a la demanda oponiéndose a las pretensiones del demandante, y concluyó interesando una Sentencia íntegramente desestimatoria del Recurso.
Practicada la prueba que en su día se admitió, se despachó por las partes el trámite de conclusiones, tras lo cual quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 5 de junio del año 2013.
Se impugna en este proceso contencioso-administrativo la Resolución de la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior de fecha 17 de noviembre del año 2009, por la que se inadmitió a trámite el recurso extraordinario de revisión interpuesto por Don Jose Carlos contra la Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 17 de agosto del año 2009, por la que se desestimó el Recurso de alzada interpuesto por el señor Jose Carlos contra el Acuerdo del Tribunal Calificador del proceso selectivo de ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, de fecha 22 de junio del año 2009, que declaró no apto al señor Jose Carlos .
Son antecedentes relevantes para la resolución de este Recurso contencioso-administrativo los siguientes:
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- Por Acuerdo de fecha 22 de junio del año 2009 del Tribunal Calificador del proceso selectivo de ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, el aquí recurrente Don Jose Carlos fue declarado no apto.
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- Por escrito de fecha 24 de junio del año 2009 el señor Jose Carlos, una vez conocida su exclusión, solicitó de la División de Personal de la Dirección General de la Policía que le informara de la causa por la que fue excluido en la cuarta prueba ( reconocimiento médico ), figurando al folio 28 del expediente administrativo escrito de la División de Personal de fecha 9 de septiembre del 2009 ( al folio 28 del expediente administrativo ), en el que se le informaba que había sido excluido al haber apreciado los Asesores Médicos del Tribunal Calificador pie plano grado IV izquierdo ( punto de exclusión 4.3.2 ) y talla 174 cm peso 86,4 kg, IMC sup. a 28 ( punto de exclusión 2 ).
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- El señor Jose Carlos, por escrito de fecha 25 de junio del año 2009 interpuso Recurso de alzada contra el Acuerdo del Tribunal Calificador de fecha 22 de junio del año 2009, en el que manifestaba que había solicitado a la División de Personal que le informase de las causas concretas por las que fue excluido, sin haber recibido respuesta hasta el momento, y que la contestación escrita de la referida División de Personal le permitiría ampliar el Recurso de alzada a lo que fuese pertinente, reservándose para dicha ampliación del derecho de aportar pruebas que demuestren lo injusto de la Resolución que se recurre, y concluía suplicando que se anule la resolución impugnada, declarando que sea examinado de nuevo por el médico especialista que designe el Tribunal a fin de comprobar la veracidad de las afirmaciones que se hacen en el Recurso de alzada y finalmente ser declarado apto para ingresar como alumno en el Centro de Formación de Ávila.
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- Por Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 17 de agosto del año...
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