STSJ Andalucía 335/2013, 4 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución335/2013
Fecha04 Febrero 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO -ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

RECURSO NÚM: 2.270/2007

SENTENCIA NÚM. 335 DE 2.013

Ilmo. Sr. Presidente:

D. Rafael Toledano Cantero

Ilmos. Sres. Magistrados

D. José Antonio Santandreu Montero

D. Federico Lázaro Guil

D. Ernesto Eseverri Martínez

_____________________________________

En la ciudad de Granada, a cuatro de febrero de dos mil trece. Ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2.270/2007 seguido a instancia de D0 Maribel, que comparece representada por la Procuradora Sra. Vallejo Bullejos, siendo parte demandada el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (Sala de Granada), en cuya representación y defensa interviene el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 20.917,07 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpuso el presente recurso el día 3 de julio de 2006 contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (Sala de Granada) que se identifica líneas más abajo. Se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso anulando la resolución recurrida por no ser conforme a derecho.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora, y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó que sea dictada sentencia confirmando en sus términos la resolución que se impugna por ser ajustada a derecho.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba, al no estimarse necesario por la Sala la celebración de vista pública, se acordó dar traslado a las partes para conclusiones escritas en el que se reiteran en lo alegado en los escritos de demanda y de contestación a la misma.

SEXTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Ernesto Eseverri Martínez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (Sala de Granada) de 25 de abril de 2006, expediente número NUM000, por la que se desestima la reclamación dirigida contra acuerdo de devolución de ingresos indebidos de 12 de enero de 2005 de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, correspondientes al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

SEGUNDO

Con fecha 22 de junio de 2001 y como consecuencia del fallecimiento de D. Belarmino ocurrido el 23 de diciembre de 2000, sus herederos presentan escrito de manifestación de herencia a los efectos de que por la Administración tributaria fuera practicada la correspondiente liquidación administrativa por el Impuesto sobre Sucesiones y...

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