SAP Baleares 206/2013, 13 de Mayo de 2013
Ponente | MARIA COVADONGA SOLA RUIZ |
ECLI | ES:APIB:2013:1040 |
Número de Recurso | 721/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 206/2013 |
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00206/2013
ROLLO APELACION 721/12
SENTENCIA Nº 206
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. MATEO RAMÓN HOMAR
Magistrados:
D. SANTIAGO OLIVER BARCELÓ
Dª COVADONGA SOLA RUIZ
En Palma de Mallorca, a trece de mayo de dos mil trece.
Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ibiza, bajo el número 1350/09, Rollo de Sala número 721/12, entre partes, de una, como demandante apelante DON Laureano, representado por el Procurador de los Tribunales DOÑA ANA LÓPEZ WOODCOK y asistida del Letrado DON EMILIO SOLERA DAURA y, de otra, como demandada apelada AXA WINTERTHUR SEGUROS, representada por el Procurador de los Tribunales DON ANTONIO COLOM FERRA y asistido del Letrado DON ISIDRO GALOBART REGAS.
ES PONENTE la Magistrada Dª COVADONGA SOLA RUIZ
Por la Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Inca en fecha 8 de noviembre de 2011 se dictó Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente "DESESTIMANDO la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Ana López Woodcok en nombre y representación de D. Laureano, contra AXA-WINTERTHUR SEGUROS debo absolver y ABSUELVO a la referida demandada de las pretensiones deducidas en su contra, con expresa condena en costas a la parte demandante".
Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se procedió a su deliberación y votación el día 6 de mayo del corriente año, quedando el recurso concluso para Sentencia
Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Con la demanda que dio inicio a las presentes actuaciones se interesa por la parte actora se condene a la demandada, en su condición de aseguradora de la embarcación " DIRECCION001 ", a que le indemnice en la cantidad de 8.647,37.- euros, con mas sus intereses legales, importe al que asciende los daños y perjuicios ocasionados el día 30 de octubre de 2008, cuando estando la embarcación de su propiedad " DIRECCION000 " anclada y amarrada en un muerto de la bahía de Sant Antoni de Portmany (Ibiza) fue impactada por aquella al soltarse su amarre, desplazándola hasta la playa donde quedó varada.
La sentencia de instancia considera que la colisión entre ambas embarcaciones se debió a fuerza mayor y desestimó en su integridad la demanda, contra cuyo pronunciamiento se alza la parte actora, insistiendo en que si la embarcación asegurada en la entidad demandada se soltó de su amarre, fue debido a que el mismo era inadecuado, sin que haya resultado probada la concurrencia de ninguno de los supuestos definidos como riesgos extraordinarios de los recogidos en el artículo 6 del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, único supuesto en que sería responsabilidad de dicho organismo.
Conforme al artículo 1.105 del Código Civil, el caso fortuito y la fuerza mayor se caracterizan por la imprevisibilidad, y ausencia de dolo, culpa o negligencia, y como indica la STS de 16 de febrero de 1.988, se trata de "todo suceso imposible de prever, o que...
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