SAP Cádiz 47/2013, 5 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución47/2013
Fecha05 Marzo 2013

SENTENCIA NÚM. 47

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN SEGUNDA

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. JOSÉ CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES.

MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.

Dª. MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ

D. ANTONIO MARÍN FERNÁNDEZ.

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: Juzgado de Primera Instancia Nº. Tres de Cádiz.

AUTOS: Procedimiento Verbal de desahucio Nº.44/2012.

ROLLO DE APELACIÓN Nº 452/2012.

En Cádiz a cinco de marzo de dos mil trece.

Visto por la Sección Segunda de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en el Juicio Verbal Nº. 44/2012 seguido en el Juzgado referenciado. Interpone el recurso Don Santiago, fallecido en el curso de la apelación, siendo sustituido por su sucesora Doña Diana, representada por el Procurador Don Fernando Benítez López y defendida por la Letrado Doña Cristina Barra Esteban, siendo parte apelada Don Juan Antonio, representado por el Procurador Don José Eduardo Sánchez Romero y defendido por el Letrado Don José Luís Suárez Barragán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia del margen dictó Sentencia el día 18 de mayo de 2012 en

el procedimiento del margen, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Estimo la demanda formulada por el Procurador Don José Eduardo Sánchez Romero, en nombre y representación de Don Juan Antonio contra Don Santiago, representado por el Procurador Don Fernando Benítez López.

Declaro extinguido por expiración del término el contrato de arrendamiento que vincula a los litigantes sobre el local de negocio sito en Cádiz, en la calle Marqués de Cádiz nº.2-bajo "Bar La Palma del Hondillo", celebrado el 7 de diciembre de 1987, y condeno al demandado a que lo deje libre y desocupado a disposición del actor. Todo ello con expresa condena en costas".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación contra la Sentencia recaída por la representación procesal de Don Santiago, se dio traslado a la parte contraria, quien se opuso, habiendo sido sustituido el demandado tras su fallecimiento el 22 de julio de 2012 por su viuda Doña Diana . Fueron emplazadas ambas partes por diez días para ante esta Audiencia Provincial donde fueron remitidos los autos. Llegados los mismos, fueron repartidos, correspondiendo su conocimiento a esta Sección, donde se formó Rollo y fue designada Ponente, Resolución notificada a las partes, personándose en la alzada como consta. No solicitada prueba ni vista, que no se consideró necesaria, quedaron los autos pendientes de deliberación y votación, produciéndose en la fecha señalada conforme a Ley.

Visto, siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. MARGARITA ÁLVAREZ OSSORIO BENÍTEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza contra la Sentencia de instancia la representación procesal de la sucesora del

demandado, Don Santiago, fallecido en el trámite de la alzada, solicitando su revocación al objeto de que se dicte otra que desestime la demanda interpuesta de contrario sobre extinción del contrato de arrendamiento y consiguiente desahucio del local de negocio sito en Cádiz, en la calle Marqués de Cádiz nº.2- bajo,"Bar La Palma del Hondillo", por expiración de la relación contractual, con absolución de la demandada y expresa condena en costas a la parte contraria.

El actor apelado instó la desestimación del recurso, con confirmación de la Resolución combatida e imposición de costas a la demandada.

SEGUNDO

Como se describe en el escrito de demanda el actor es propietario de la finca donde se ubica el local de negocio antes reseñado, habiendo suscrito su padre con el demandado, el 7 de diciembre de 1987, el contrato de arriendo que se adjunta, por renta mensual de 12.000 ptas. En dicho contrato se expresó como término el de "ilimitado", no siendo voluntad de las partes someterlo a la prórroga forzosa del artículo 57 del Texto Refundido de la LAU de 1964, resultando de aplicación el artículo 9 del RDL 2/1985, de 30 de abril . El 6 de diciembre de 2011 el actor dio por rescindido el contrato habiendo comunicado previamente al demandado, el 31 de agosto de 2011, su voluntad de darlo por concluido, requiriéndolo de desalojo ( documentos nº. 3 y 4 de la demanda ), oponiéndose el arrendatario.

En su Sentencia la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 21 de Enero de 2014
    • España
    • 21 January 2014
    ...contra la sentencia dictada, con fecha 5 de marzo de 2013, por la Audiencia Provincial de Cádiz (Sección 2.ª), en el rollo de apelación n.º 452/2012 , dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio n.º 44/2012 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de - Mediante diligencia de orden......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR