SAP Álava 76/2013, 19 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Febrero 2013
Número de resolución76/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Atala: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO : 01.02.2-11/005594

A.liq.inter. L2 / 755/2012 - A

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de 1ª Instancia nº 4 Vitoria / Gasteizko Lehen Auzialdiko 4zk.ko Epaitegia

Autos de 529/2011 (e) ko autoak

Recurrente/Errekurtsogilea: D. Carlos Daniel

Procurador / Prokuradorea: D. JULIÁN SÁNCHEZ ALAMILLO

Abogado / Abokatua: Dª ANA MARTÍNEZ GALLARDO

Recurrido / Errekurritua: Dª Enriqueta

Procurador / Prokuradorea: Dª PILAR ELORZA BARRERA

Abogado / Abokatua: D. JULIO I. MARTÍNEZ DE GUEREÑU GARCÍA

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mercedes Guerrero Romeo, Presidenta, y los Ilmos. Sres. Magistrados D. Iñigo Elizburu Aguirre y D. Edmundo Rodríguez Achútegui, ha dictado el día diecinueve de febrero de dos mil trece

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 76/13

El recurso de apelación civil Rollo de Sala nº 755/2012, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Vitoria-Gasteiz, derivado de los Autos Inventario para Liquidación de Régimen Económico Matrimonial nº 529/2011, ha sido promovido por D. Carlos Daniel, representado por el Procurador de los Tribunales D. JULIÁN SÁNCHEZ ALAMILLO, asistido de la letrada Dª ANA MARTÍNEZ GALLARDO, contra la sentencia de 16 de julio de 2012 . Es parte apelada Dª Enriqueta, representada por la Procuradora Dª PILAR ELORZA BARRERA, asistida del letrado D. JULIO I. MARTÍNEZ DE GUEREÑU GARCÍA. Actúa como ponente el Sr. Magistrado D. Edmundo Rodríguez Achútegui.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n º 4 de Vitoria-Gasteiz se dictó el 16 de julio de 2012 sentencia cuya parte dispositiva dice:

"Que ACUERDO ESTIMAR de modo parcial la demanda interpuesta por el procurador Sr. Sánchez Alamillo, en nombre y representación de D. Carlos Daniel, contra Dña. Enriqueta, y así procede declarar que el inventario para la liquidación del régimen económico matrimonial, está compuesto por las siguientes partidas:

En el activo.

  1. - Vivienda familiar sita en la CALLE000 nº NUM000 de Vitoria.

  2. - Local comercial sito en la calle Pamplona-Iruña nº 37,39,41 de Vitoria.

  3. - Mobiliario y ajuar de la vivienda familiar.

  4. - Cuenta corriente en la Caja Laboral Popular nº NUM001 .

  5. - Cuenta corriente en el BSCH nº NUM002 .

  6. - Cuenta corriente en el BSCH nº NUM003 .

  7. - EPSV a nombre del Sr. Carlos Daniel en Generali Previsión.

  8. - EPSV a nombre de la Sra. Enriqueta en Generalli Previsión.

    En lo que respecta a las partidas del pasivo, el mismo está compuesto sin que exista discusión por:

  9. - Préstamo en la entidad bancaria BSCH nº NUM004, para el pago de las obras del local.

  10. - Préstamo nº NUM005 con el BSCH para el pago de la vivienda..

  11. - Hipoteca concertada con la Caja Laboral para adquisición del local.

    Todo ello sin hacer expresa condena en costas de las causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación la representación de

D. Carlos Daniel, que alega infracción legal por no incluirse en el activo de la sociedad de gananciales las cuentas bancarias que señala, la EPSV ITZARRI, por incluirse en el pasivo un crédito de la sociedad frente a su persona por importes satisfechos exclusivamente por él, y por no incluirse en el pasivo créditos contra terceros.

TERCERO

El recurso se tuvo por interpuestos mediante resolución de 31 de octubre, dándose el correspondiente traslado a las contraparte por diez días para alegaciones, presentando la representación procesal de Dª Enriqueta oposición al recurso en la que solicita su desestimación.

CUARTO

Remitidos los autos a esta Audiencia Provincial son...

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