STSJ Comunidad de Madrid 478/2013, 17 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución478/2013
Fecha17 Mayo 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Novena

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2011/0171075

Procedimiento Ordinario 256/2011

Demandante: COMUNIDAD DE MADRID

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA

Demandado: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid. Ministerio de Economía y Hacienda

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

D./Dña. Estanislao

PROCURADOR D./Dña. ANGEL LUIS RODRIGUEZ VELASCO

SENTENCIA No 478

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Da. Ángeles Huet de Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

Dª. Berta Santillán Pedrosa

D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo

En la Villa de Madrid a diecisiete de mayo de dos mil trece.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo nº 256/11, interpuesto por los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha 9 diciembre de 2010, por la que se estima la reclamación y se anula el acto recurrido impugnando la reclamación nº NUM000 formulada por don Estanislao contra la liquidación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado y, como codemandada, el Procurador de los Tribunales don Ángel Luis Rodríguez Velasco, en nombre y representación de don Estanislao .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a derecho.

TERCERO

No solicitado el recibimiento a prueba, ni trámite de conclusiones se declaró concluso el procedimiento quedando pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le corresponda.

CUARTO

En este estado se señala para votación el día 16 mayo de 2013, teniendo lugar así.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Ramón Verón Olarte.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso jurisdiccional, los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid impugna la resolución dictada por el Tribunal...

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