STSJ Galicia 467/2013, 6 de Junio de 2013

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
ECLIES:TSJGAL:2013:4736
Número de Recurso4673/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución467/2013
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00467/2013

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº4673/2012

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 002 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres. D.

JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA

JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ

CRISTINA MARÍA PAZ EIROA

A Coruña, seis de junio de dos mil trece.

En el recurso contencioso-administrativo que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por la Consellería de Traballo e Benestar, representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia, contra Resolución dictada por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la provincia de A Coruña, de 31 de julio de 2012, por la que se desestima el requerimiento previo formulado por la Administración Autonómica, frente a Resolución de 19 de junio de 2012, por la que se acuerda modificar de oficio los efectos del alta de la trabajadora Adelina, estableciendo como fecha real de alta la de 6 de febrero de 2001, y de efectos de 1 de febrero de 2009, dictada en el expediente número NUM000 . Es parte como demandada la Tesorería General de la Seguridad Social (A Coruña), representada y dirigida por el Letrado de la Tesorería de la Seguridad Social. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que se estimaron procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 30-5-13.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra Resolución dictada por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la provincia de A Coruña, de 31 de julio de 2012, por la que se desestima el requerimiento previo formulado por la Administración Autonómica, frente a...

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