STSJ Extremadura 472/2013, 25 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución472/2013
Fecha25 Abril 2013

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00472/2013

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 472

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS.

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

DON JOSE MARÍA SEGURA GRAU /

En Cáceres a veinticinco de abril de dos mil trece.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.544 de 2010, promovido por el Procurador Sra. Romero Arroba, en nombre y representación de DON Leovigildo, siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representado por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura de 31/08/10, dictada en expediente NUM001 contra impuestos sobre bienes inmuebles.

C U A N T I A: Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO : Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : Recibido el recurso a prueba se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales;

Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Don CASIANO ROJAS POZO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala en esta ocasión la resolución del T.E.A.R, de fecha 31/08/2010, que desestima la reclamación económico-administrativa (nº NUM002 ) interpuesta contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto en 12/06/2007 contra la resolución de la Gerencia Territorial del Catastro de 26/04/2007, dictada en el expediente nº NUM003, en el que se confirma que el valor catastral asignado a la finca con referencia catastral NUM000, como consecuencia del procedimiento de valoración colectiva de carácter parcial llevado a cabo en el municipio de Serradilla (Cáceres) en el año 2006 (la ponencia de valores parcial se aprueba por resolución de 28 de septiembre de 2006 de la Gerencia Territorial del Catastro, BOP Cáceres de 29/09/2006), es correcto.

La demanda rectora de estos autos esgrime, en primer lugar que el valor catastral de la finca debe hacerse conforme a "lo que es físicamente por su uso: Suelo rústico mientras no exista un Planeamiento de Desarrollo Urbanístico que posibilite en que sea utilizada como suelo urbano". Basa su planteamiento en que la finca en cuestión pasó a ser considerada como "suelo apto para urbanizar" con la aprobación de las Normas Subsidiarias publicadas en el DOE el 7 de septiembre de 2004, pero su desarrollo como tal no puede llevarse a cabo hasta que se apruebe su Planeamiento de Desarrollo Urbanístico que ni existe en la actualidad ni está previsto que se apruebe en mucho tiempo,...

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