STSJ Comunidad Valenciana 233/2013, 9 de Abril de 2013

PonenteBEGOÑA GARCIA MELENDEZ
ECLIES:TSJCV:2013:1439
Número de Recurso1131/2010
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución233/2013
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

PROCEDIMIENTO ORDINARIO - 01131/2010

N.I.G.:

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2ª

SENTENCIA Nº 233 / 2013

Iltmos. Sres:

Presidente

Dª ALICIA MILLÁN HERRANDIS

Magistrados

D MIGUEL SOLER MARGARIT

Dª BEGOÑA GARCÍA MELÉNDEZ

En VALENCIA a nueve de abril de dos mil trece.

Visto por la Sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 1131/10, promovido por Dª Ángeles representada por la Procuradora Dª ISABEL CAUDET VALERO contra la Resolución de fecha 27/9/2010 dictada por el CONSELLER DE ECONOMÍA Y EMPLEO de la generalidad valenciana por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto y se confirma, a su vez, el Acuerdo del Tribunal de selección de las convocatorias 5/08 y 6/08 por la que se publicaba la relación definitiva de aspirantes aprobados por orden de puntuación total y definitiva en el proceso de selección, habiendo sido parte en autos la CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO representada y asistida por la letrado de la generalidad.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que Solicita se dicte Sentencia por la que, Estimando el recurso presentado:

  1. Se declare contrario a derecho y se anule la Resolución de fecha 27/9/2010 dictada por el CONSELLER DE ECONOMÍA Y EMPLEO, así como el Acuerdo que le sirvió de precedente y la baremación de méritos efectuada por el Tribunal calificador, anteriores, posteriores y consecuentes.

  2. - Reconozca el derecho a los méritos expuestos y su valoración con arreglo a lo previsto en las bases de la convocatoria y, hecha la correspondiente adición a la puntuación total obtenida, en su caso, reconozca la superación del proceso selectivo y obtención de la plaza convocada, con efectos administrativos y económicos desde la fecha en la que se procedió a su adjudicación. Todo ello con lo demás procedente según ley.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda oponiéndose y solicitando se dicte sentencia por la que se confirme la desestimación impugnada por ser conforme a derecho.

TERCERO

Que no acordándose el recibimiento del pleito a prueba y tras el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día nueve de abril de dos mil trece, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma Sra Dª BEGOÑA GARCÍA MELÉNDEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que el objeto del presente recurso contencioso administrativo lo constituye la Resolución de fecha 27/9/2010 dictada por el CONSELLER DE ECONOMÍA Y EMPLEO de la generalidad valenciana por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto y se confirma, a su vez, el Acuerdo del Tribunal de selección de las convocatorias 5/08 y 6/08 por la que se publicaba la relación definitiva de aspirantes aprobados por orden de puntuación total y definitiva en el proceso de selección.

Que la actora sustenta su impugnación en los siguientes puntos de hechos:

10 Mediante Orden de 30 de junio de 2008, la Consellería de justicia y administraciones públicas convoca pruebas selectivas para el acceso al grupo C Administración general mediante el procedimiento de concurso-oposición: Convocatoria 5/08 correspondiente a la oferta pública de empleo del año 2008.

20 La recurrente se presentó y fue admitida en dicha convocatoria obteniendo en el primer ejercicio una calificación definitiva de 27'58 puntos de un total de 35 puntos.

30 Que tras ser convocada al segundo ejercicio de la fase oposición la actora obtuvo la calificación total y final en la fase de oposición de 57'28 puntos.

40 Tras superar la fase de oposición fue convocada a la fase de concurso presentando un curriculum con todos los méritos alegados y cuya valoración obtuvo un resultado de 4 puntos sobre un total de 25 puntos obtenido de la puntuación otorgada en el apartado de FORMACIÓN y, en concreto, al obtener 2 puntos en IDIOMA y 2 puntos en TITULACIÓN, obteniendo tanto en el apartado de VALENCIANO como en el apartado de EXPERIENCIA 0 puntos en cada uno de ellos.

5) Que por todo lo expuesto obtuvo una puntuación total de 61'28 puntos resultando excluida de la lista de aprobados.

Que frente a lo expuesto la recurrente invoca los siguientes motivos de impugnación:

En primer lugar alega defecto en la valoración de los méritos alegados y acreditados con vulneración de los principios de IGUALDAD, MÉRITO Y CAPACIDAD y que sustenta en los siguientes extremos:

Que el presente proceso selectivo se rige por la ORDEN de 30 de junio de 2008, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo C, sector administración general, turno de acceso libre y discapacitados, Convocatoria 5/08, correspondientes a la oferta de empleo público de la 2008 para el personal de la administración de la Generalitat.

En la Norma 8.5 se establece la valoración de méritos para la FASE DE CONCURSO y se dispone expresamente que los méritos alegados por los participantes deberán haber sido obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias: el 4/8/2008

Para a continuación remitirse a lo dispuesto por el Baremo que figura en el Anexo IV y donde se establece la forma de valoración de méritos en esta fase,y a partir de lo expuesto pasa a detallar los méritos alegados e invocados para concluir afirmando que, conforme a lo expuesto dichos méritos no han sido debidamente baremados y puntuados por parte del Tribunal, y que pasa a desglosar en los siguientes apartados:

1) EXPERIENCIA PROFESIONAL:

.-Sector público: Profesora de tres cursos de inglés en el Plan de formación continua del IVAP dirigidos a personal de CONSELL y Entes y organismos autónomos de la generalidad en los cursos 2008 y 2009, tres cursos con duración de 20 horas lectivas y otros dos de 30 horas lectivas. Profesora de un curso de inglés dirigido a desempleados convocado por IMELSA y el SERVEF y duración de 209 horas lectivas.

Prácticas profesionales en estudios y colaboraciones en la Dirección general de régimen económico de la Consellería de educación desde enero a agosto de 2008.-.- Sector privado: Incorporada y colaborando en el bufete LÓPEZ ALMANSA desde septiembre de 2002 hasta la fecha y colegiada en ejercicio desde enero de 2006 con funciones administrativas y jurídicas.

En este apartado la actora obtiene 0 puntos que el Tribunal calificador sustenta en los siguientes extremos:

En primer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 12 de Diciembre de 2013
    • España
    • December 12, 2013
    ...del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de 9 de abril de 2013, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 1131/2010 , sobre proceso SEGUNDO .- Mediante providencia de 8 de octubre de 2013 se acordó conceder a las partes un plazo de diez días para formular alegaciones sob......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR