ATS, 11 de Junio de 2013

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2013:5557A
Número de Recurso2670/2012
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución11 de Junio de 2013
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a once de Junio de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de "MANUEL PORTAL, S.L." presentó escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 15 de junio de 2012, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 127/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1073/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Granada.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 27 de septiembre de 2012 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes con fechas 1 y 4 de octubre de 2012.

  3. - La Procuradora Dª Elisa Zabia de la Mata, en nombre y representación de "MANUEL PORTAL, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 10 de octubre de 2012 personándose en calidad de parte recurrente . El Procurador D. Ludovico Moreno Martín-Rico, en nombre y representación de "INVERSIONES SOCIETARIAS ALHSUR, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 6 de noviembre de 2012, personándose en calidad de parte recurrida.

4 .- Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de "MANUEL PORTAL, S.L." al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º de art. 477.2 de la LEC 2000

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de "MANUEL PORTAL, S.L." contra la Sentencia dictada, con fecha 15 de junio de 2012, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección Quinta), en el rollo de apelación nº 127/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1073/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Granada.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personadas ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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