SAN, 8 de Octubre de 2008
Ponente | MARIA NIEVES BUISAN GARCIA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª |
ECLI | ES:AN:2008:3780 |
Número de Recurso | 49/2008 |
SENTENCIA EN APELACION
Madrid, a ocho de octubre de dos mil ocho.
La Sala constituida por los Sres. magistrados relacionados al margen ha visto recurso de apelación nº 49/2008, interpuesto por
D. Fermín, frente a la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 7, que
desestimando el recurso interpuesto frente a la Resolución del Ministerio del Interior de 31 de mayo de 2007 que inadmitió a
trámite la solicitud para la concesión del derecho de asilo en España de dicho recurrente, confirma y declara ajustada a derecho
la misma, sin hacer pronunciamiento en cuanto a las costas. Ha sido parte demandada la Administración General del Estado,
representada por la Abogacía del Estado.
El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 7 dictó sentencia con fecha de 21 de diciembre de 2007, cuyo fallo desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Fermín contra la resolución del Ministerio del Interior que inadmite a trámite su solicitud de concesión del derecho de asilo en España, resolución que se confirma por ser ajustada a derecho.
Mediante escrito presentado el 25 de enero de 2008, la representación del recurrente ha interpuesto el oportuno recurso de apelación, cuya fundamentación expone razonadamente los motivos de impugnación de la sentencia recurrida, solicitando se dicte una nueva en la que se reconozca a dicho actor el derecho a que se admita a trámite su solicitud de asilo.
Concedido traslado al Abogado del Estado, presentó escrito oponiéndose a la apelación con fecha de 29 de abril de 2008, en el que mantiene que el recurso interpuesto no desvirtúa los argumentos de la sentencia impugnada, solicitando se dicte una nueva en la que se desestime tal apelación, con confirmación de la sentencia de instancia.
Recibidas en esta Sala las actuaciones, por providencia de 18 de septiembre de 2008 se acordó señalar la audiencia del 7 de octubre siguiente para votación y fallo, en cuya fecha ha tenido lugar el referido acto, habiendo sido Ponente la Ilma. Magistrada Dª. Nieves Buisán García, quien expresa el parecer de la Sala.
La representación de don Fermín, nacional de Nigeria, pretende en este recurso de apelación la revocación de la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 7, que desestimando el recurso interpuesto frente a la Resolución del Ministerio del Interior de 31 de mayo de 2007 que inadmitió a trámite la solicitud para la concesión del derecho de asilo en España de dicho recurrente, confirma y declara ajustada a derecho la misma, sin hacer pronunciamiento en cuanto a las costas.
La resolución administrativa confirmada por la sentencia ahora apelada, se fundamenta en la circunstancia contemplada en la letra d) del artículo 5.6 de la Ley 5/1984, modificada por la Ley 9/1994, por manifiesta inverosimilitud de las alegaciones, habida cuenta que el relato del solicitante resulta carente de datos y totalmente genérico e impreciso en la explicación y descripción de los hechos que motivaron la persecución alegada y de los aspectos esenciales de la propia persecución, por lo que no puede considerarse que haya sufrido la misma.
Razona la sentencia apelada, en su fundamento jurídico segundo in fine( Pág. 8), circunscribiéndose al caso concreto que el actor, quien ni siquiera acredita en...
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