SAP Alicante 148/2013, 21 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución148/2013
Fecha21 Marzo 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE

SECCION NOVENA

ELCHE

Rollo de apelación nº 479/12

Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Elche

Autos de Juicio Ordinario nº 3418/10

SENTENCIA Nº 148/13

Iltmos. Sres.

Presidente: D. José Manuel Valero Diez

Magistrado: D. Andrés Montalbán Avilés

Magistrado: D. Vicente Ballesta Bernal

En la Ciudad de Elche, a veintiuno de marzo de dos mil trece.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario nº 3418/10, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Elche, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Dª Marina y D. Maximiliano, habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por los Procuradores Sr/a Juan Vicedo y Mateu García y dirigida por los Letrados Sr/a García Peral y Sánchez Fuentes, respectivamente, y como apelada la parte demandante C.P. C/ DIRECCION000, nº NUM000, representada por el Procurador Sr/a López Lozano y defendida por el Letrado Sr/a. González Lozano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Elche en los referidos autos, tramitados con el número 3418/10, se dictó sentencia con fecha 30/1/12 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, estimando la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 núm. NUM000 de Elche, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Eva López Lozano, contra doña Marina, representada por el Procurador de los Tribunales D. Ginés Juan Vicedo y contra D. Maximiliano

, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Rosario Mateu García, debo condenar y codneno solidariamente a los demandados al pago a la actora de la suma de 14.541,42 euros, intereses legales desde la interpelación judicial y costas causadas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 479/12, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia dictada y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 14/3/13. TERCERO.- En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Vicente Ballesta Bernal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de fecha 30 de enero de 2.012 recaída en la primera instancia, estima integramente la demanda formulada por Comunidad de propietarios de la C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Elche, y condena a los demandados, Doña Marina y Don Maximiliano, a pagar en forma solidaria a la actora la cantidad de 14.541,42 Euros, intereses legales desde la interpelación judicial y costas originadas en esa instancia.

Frente a la referida resolución, los demandados interponen recurso de apelación que fundamentan en la existencia de error en la valoración de la prueba por parte del Juzgador de Instancia así como en Infracción de lo dispuesto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al existir en el presente supuesto dudas de hecho que debe de llevar a no realizar imposición sobre costas.

SEGUNDO

Como cuestión previa y examinados los autos, se ha de tener en cuenta que el apartado 4 del artículo 449 de la ley de Enjuiciamiento Civil, establece que en los procesos en los que se pretenda la condena al pago de las cantidades debidas por un propietario a la Comunidad de Vecinos, como sucede en este supuesto, no se admitirá al condenado el recurso de apelación, extraordinario por infracción procesal o casación si,...

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