SAP Asturias 157/2013, 11 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Abril 2013
Número de resolución157/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OVIEDO

SENTENCIA: 00157/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO

Sección nº 002

Rollo: 0000047 /2012

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CASTROPOL

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000012 /2011

SENTENCIA Nº 157/2013

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. JULIO GARCÍA BRAGA PUMARADA

MAGISTRADOS ILMAS. SRAS.

Dª Mª COVADONGA VÁZQUEZ LLORENS

Dª Mª LUISA BARRIO BERNARDO RÚA

En Oviedo, a once de abril de dos mil trece.

VISTOS en juicio oral y público, por la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial compuesta por los Sres. del margen, los presentes autos procedentes del Juzgado de Instrucción de nº 1 de Castropol seguidos por un delito contra la salud pública con el nº 12/11 de P. Abreviado (Rollo de Sala nº 47/12), contra: Esteban con DNI nº NUM000, nacido el NUM001 -1982, hijo de Julio y María Rosario, natural de Taramundi y vecino de Silvana-Taramundi, de estado soltero, de profesión electricista autónomo, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional con fianza de 5.000 euros, por esta causa de la que estuvo privado del 30 de octubre de 2010 al 10 de febrero de 2011, en la que ha estado representado por el Procurador don Ernesto Gonzalvo Rodríguez, bajo la dirección del Letrado don Adrián Fernández González; Paulino con DNI nº NUM002, nacido el NUM003 .1988, hijo de José Ramón y María Nieves, natural de Vegadeo y vecino de Abres-Vegadeo, de estado soltero, de profesión empleado de la construcción, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa del 30 de octubre al 2 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por la Procuradora Doña Myriam Suárez Granda, bajo la dirección de la Letrada doña Rebeca Vijande Lastra; Pedro Jesús con DNI nº NUM004, nacido el NUM005 -1985, hijo de José Manuel y Evarista, natural de Couces-Taramundi y vecino de Ribadeo, de estado soltero, de profesión calderero, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado del 8 al 11 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por el Procurador don Ignacio López González, bajo la dirección de al Letrada doña Florina García González; Emiliano con DNI nº NUM006, nacido el NUM007 1983, hijo de José Luis y María Carmen, natural de Valdés y vecino de Tapia de Casariego, de estado soltero, de profesión empleado de la construcción, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado del 8 al 11 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Isabel García- Bernardo Pendás, bajo la dirección del Letrado don Gabriel Giraudo Hernández; Millán con DNI nº NUM008, nacido el NUM009 -1984, hijo de Mario y María José, natural de Vegadeo y vecino de Vegadeo, de estado soltero, de profesión albañil autónomo, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado del 8 al 11 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Clara Corpas Rodríguez, bajo la dirección del Letrado don Benigno Fernández Rodil; Luis Enrique con DNI nº NUM010, nacido el NUM011 -1982, hijo de Carlos y Mercedes, natural de Paramios-Vegadeo y vecino de Vegadeo), de estado separado, de profesión fontanero, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa 30 de octubre al 2 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por el Procurador don José Manuel Tahoces Blanco, bajo la dirección del Letrado don Ricardo González Fernández; Dimas con DNI nº NUM012, nacido el NUM013 -1976, hijo de José Benito y Araceli, natural de Oviedo y vecino de Vegadeo, de estado soltero, de profesión oficial de 1ª en empresa química, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional con fianza de 5.000 euros por esta causa de la que estuvo privado del 30 de octubre de 2010 al 10 de febrero de 2011, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Ana María Alvarez Briso-Montiano, bajo la dirección de la Letrada doña Ana Isabel Prieto Torices; Marcelino con DNI nº NUM014, nacido el NUM015 -1974, hijo de Angel y Aurelia, natural de Folgueiras y vecino de Vegadeo, de estado divorciado, de profesión profesional de la carretera, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa 30 de octubre al 2 de noviembre de 2010,, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Paloma Pérez Vares, bajo la dirección de la Letrada doña Belén Santamarina Quintana; Jesús Carlos con DNI nº NUM016, nacido el NUM015 -1984, hijo de José Manuel e Isabel, natural de Vilanova de Arousa y vecino de Cambados, de estado soltero, de profesión empleado de la construcción (actualmente en paro), con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional con fianza de 9.000 euros por esta causa de la que estuvo privado del 9 de diciembre de 2010 al 11 de marzo de 2011, en la que ha estado representado por el Procurador don Francisco Javier González Fanjul, bajo la dirección del Letrado don Diego Casais Lois; Donato con DNI nº NUM017, nacido el NUM018 -1979, hijo de Santiago y Dolores, natural de Vegadeo y vecino de Ribadeo, de estado soltero, de profesión profesional de la carretera, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa 30 de octubre al 2 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Purificación Marcos Gegunde, bajo la dirección del Letrado don Celestino García Carreño; Octavio con DNI nº NUM019, nacido el NUM020 -1979, hijo de Carlos y María del Carmen, natural de Aviles y vecino de Vegadeo, de estado soltero, de profesión azulejista desempleado, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado del 8 al 11 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Isabel Quirós Colubi, bajo la dirección del Letrado don Gonzalo Tapia Bodega; Juan Miguel con DNI nº NUM021, nacido el NUM022 -1986, hijo de Pedro Antonio y Josefa, natural y vecino de Vegadeo, de estado soltero, de profesión fontanero, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa 30 de octubre al 2 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Paloma Telenti Alvarez, bajo la dirección del Letrado don Javier Eliseo Ordóñez Morán; Estanislao con DNI nº NUM023, nacido el NUM024 -1986, hijo de Pedro y Aurora, natural y vecino de Castropol, de estado soltero, de profesión empleado de la construcción (actualmente en paro), con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado del 7 al 9 de noviembre de 2010, en la que ha estado representado por la Procuradora doña Pilar Lana Alvarez, bajo la dirección del Letrado don Angel Alonso Pérez; y contra Nazario con DNI nº NUM025, nacido el NUM026 -1974, hijo de Alvaro y María Digna, natural de Lugo y vecino de Carballo (la Coruña), de estado casado, de profesión Guardia Civil, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en libertad provisional por esta causa, en la que ha estado representado por el Procurador don Eugenio Alonso Ayllon, bajo la dirección del Letrado don Fernando Fernández Lebredo, causa en la que es parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª Mª COVADONGA VÁZQUEZ LLORENS y en la que procede dictar sentencia fundada en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran HECHOS PROBADOS los que a continuación se relacionan:

Los acusados participaron en los siguientes hechos:

Esteban, al menos desde el mes de marzo del año 2010, se venía dedicando a la venta de la sustancia estupefaciente cocaína en la localidad de Vegadeo y en la comarca del Río Eo. Dichas ventas las hacía principalmente tanto en el bajo comercial sito en la Av. Asturias n.° 61 de Vegadeo como en locales de ocio de la zona.

Además de distribuir él directamente la droga a los compradores de la misma, Esteban tenía a dos personas que le auxiliaban de manera tangencial en dicha labor, los acusados Paulino y Pedro Jesús . En dicha actividad ilícita Paulino también cobraba las deudas, por drogas, que tenía Esteban . Mientras que Pedro Jesús auxiliaba a Esteban en su actividad de venta de drogas, como el día 7 de junio de 2010 en que le acompañó a Vigo a adquirir una cantidad indeterminada de cocaína poniéndole en contacto con el suministrador de la sustancia, una persona no identificada (unos días antes había viajado también a Vigo para comprar a la misma persona de origen colombiano un gramo de cocaína).

Asimismo, en ocasiones a Paulino le suministraba hachís Emiliano . Y también le facilitó dicha sustancia a Paulino, Millán .

Igualmente participaba en la venta de cocaína de manera tangencial, Luis Enrique, quien acompañó a Esteban en un viaje a Pontevedra el día 7 de septiembre de 2010 y adquirieron entre 50 y 70 grs. de cocaína para después venderla a terceros.

Así mismo, en dicha actividad de distribución de drogas en dicha zona del Occidente asturiano, participaba Dimas, dedicándose a la venta de hachís, y también en ocasiones de cocaína, en el bar que regentaba, "el Veigueño" de Vegadeo. Dimas tenía una relación sentimental con María, conviviendo juntos en la c/ DIRECCION000 NUM027 - NUM028 NUM029 de Vegadeo, domicilio donde aquél guardaba la droga, dos kilos de hachís, en contra de la opinión de...

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