SAP La Rioja 169/2013, 13 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución169/2013
Fecha13 Mayo 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00169/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

LOGROÑO

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : SEN00

N.I.G.: 26089 37 1 2009 0100590

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 83/2013

SENTENCIA Nº 169 DE 2013

En la ciudad de Logroño a trece de mayo de dos mil trece.

La Sala constituida por el Ilmo. Sr. DON RICARDO MORE NO GARCÍA, Magistrado de la Audiencia Provincial de La Rioja, ha visto en grado de apelación ante esta Audiencia, los Autos de JUICIO VERBAL Nº 841/2012, procedentes del JDO. DE 1ª INSTANCIA Nº 7 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo Nº 83/2013, en los que aparece como parte apelante DON Jose Luis, representado por la procuradora DOÑA LOURDES URDIAIN LAUCIRICA y asistido por el Letrado DON NEFTALI PARACUELLO, y como partes apeladas SEGUROS MAPFRE, DOÑA Valentina Y AUTOBUSES JIMENEZ S.L., representados por la Procuradora DOÑA ESTELA MURO LEZA y asistidos por la Letrado DOÑA MARTA MARTÍNEZ PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 28-11-2012, se dictó sentencia (f.-105-108) en el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Logroño en cuyo fallo se recogía:

"Que desestimando la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales doña Lourdes Urdiaín Laucirica, en nombre y representación de don Jose Luis, debo absolver y absuelvo a don Valentina, Seguros Mapfre y contra Autobuses Jiménez S.L, de todas las pretensiones formuladas contra ellos en el presente procedimiento, sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas a la actora ".

Se respondía con tal fallo a demanda presentada (f.-2-9) en reclamación de la cantidad de 3.120,76.-euros más los intereses legales sobre esa cantidad que, en el caso de la Compañía de Seguros codemandada MAPFRE serán el interés moratorio anual sobre la referida cantidad, incrementado en un 50% y desde la fecha del siniestro conforme a lo dispuesto en el art. 20.4 LCS con imposición de las costas procesales.

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación procesal de Jose Luis, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

En el recurso de apelación (f.- 118-122) se alegaba, en esencia, error en la aplicación de los principios rectores de la carga de la prueba en el procedimiento civil, para concluir solicitando que previos los trámites legales se dicte sentencia en la que se "...estimando el presente recurso revoque la mencionada sentencia y consecuentemente acuerde condenar a los demandados en las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR