SAP Tarragona 156/2013, 22 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución156/2013
Fecha22 Abril 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación faltas nº 49/2013 -AP

Juicio Faltas núm.:235/2012

Juzgado Instrucción 1 Tortosa

Apelante: Rogelio, Ldo. Zoe Pons Ventura, Proc. Maite García Solsona

M. Fiscal

MAGISTRADO:

Jorge Mora Amante

S E N T E N C I A NÚM. 156/13

En Tarragona, a veintidos de abril de dos mil trece.

Ha sido tramitado ante la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por el Letrado Sr. Zoe Pons Ventura actuando en defensa de D. Rogelio contra la sentencia de fecha 28 de septiembre de 2.012, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Tortosa en Juicio de Faltas nº 235/2012 .

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

"Ha resultado probado que el día 21 de septiembre de 2012 sobre las 19:30 horas los agentes de los Mossos d'Esquadra de Tortosa, NUM000 y NUM001 se encontraban realizando uniformados patrullaje a pie por la zona del eje comercial de Tortosa, cuando vieron que el Sr. Rogelio, al verlos lanzó un cigarro al suelo y la destrozó rápidamente, por lo que se procedió a la altura de la plaza del Ángel a su identificación, a lo que se negó, se le volvió a requerir y, manifestó que la policia local sabía quien era, se le volvió a requerir y se le advirtió que de no acompañarles lo tendrían que llevar a Comisaria, por lo que accedió. Se le preguntó si la vivienda que constaba en el documento era la correcta y el Sr. Rogelio, se giró riendo buscando la aprobación de las demás personas que se encontraban allí, lo que hizo en diversas ocasiones. Finalmente se le informó de que iba a ser denunciado".

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

" Que debo CONDENAR Y CONDENO A D. Rogelio como autor responsable de una falta de respeto prevista en el art. 634 CP, a la pena de multa de 30 días a razón de 4 euros diarios ( 120 euros ) y a la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa a razón de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.

No concurre responsabilidad civil. Se condena en costas al denunciado ".

Tercero

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por el Ministerio Fiscal, fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.

Cuarto

Admitido el recurso y dado traslado por diez días a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión, la representación procesal de solicitó la confirmación de la resolución recurrida.

HECHOS PROBADOS

Único.- Se aceptan los que así se declaran en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

El recurso de apelación que se interpone contra la sentencia contiene en realidad un motivo de alcance normativo, pese a la invocación de error en la valoración de la prueba efectuada por la juzgadora de instancia. En síntesis, el recurrente

El Ministerio Fiscal impugna el motivo, solicitando la confirmación de la sentencia de instancia, por...

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