SAP Asturias 151/2013, 8 de Mayo de 2013
Ponente | MARIA NURIA ZAMORA PEREZ |
ECLI | ES:APO:2013:1400 |
Número de Recurso | 153/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 151/2013 |
Fecha de Resolución | 8 de Mayo de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
OVIEDO
SENTENCIA: 00151/2013
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN Nº 153/2013
NÚMERO 151
En OVIEDO, a ocho de Mayo de dos mil trece, Doña Nuria Zamora Pérez, Magistrada de la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Oviedo, actuando como órgano unipersonal designado para el conocimiento del presente recurso, ha pronunciado la siguiente:
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación número 153/2013, en autos de Juicio Verbal nº 580/2012, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número siete de Avilés, promovido por la entidad AVILÉS RESTAURACIÓN Y OCIO, S.L., demandada en primera instancia contra DON Carlos Jesús, demandante en primera instancia.-
Que la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número siete de Avilés dictó Sentencia con fecha veinticuatro de enero de dos mil trece cuya parte dispositiva dice así: Que estimando en parte la demanda deducida en esta litis por la Procuradora de los Tribunales Doña María Aránzazu Garmendia Lorenzana en nombre y representación de Don Carlos Jesús (que actúa en nombre y representación de su hijo menor de edad Cipriano ) contra la entidad Avilés Restauración Ocio, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales Don José Luis López González, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar al actor dos mil doscientos euros y seis céntimos (2.200'06 euros), más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda (16 de noviembre de 2012), sin hacer expresa condena en cuanto a las costas procesales.
Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, y constituido el Tribunal con un solo Magistrado, se señaló para la decisión del presente recurso el día treinta de Abril de dos mil trece.- TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda presentada por D. Carlos Jesús, como legal representante de su hijo menor, Cipriano y en consecuencia condena a la entidad demandada, Avilés Restauración y Ocio SL, a abonar al menor la suma de dos mil doscientos euros con seis céntimos de euro (2.200'06#) e intereses legales desde la interposición de la demanda, el 16 de noviembre de
2.012; en concepto de indemnización por los menoscabos físicos padecidos por el menor, a raíz de la caída sufrida el 9 de septiembre de 2.010, cuando utilizaba la zona de juegos y esparcimiento de que dispone dicho establecimiento. Caída que según la sentencia se produce cuando el pequeño trata de colgarse de una barra metálica forrada de un material más adherente y que se halla instalada a un metro noventa del suelo.
Recurrida la sentencia por la entidad demandada, la apelación se centra en denunciar errónea valoración de la prueba practicada, cuestionando que pueda darse por acreditado el cómo y el porqué de la caída del menor, cuya...
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