STSJ Castilla-La Mancha 430/2013, 4 de Abril de 2013
Ponente | LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO |
ECLI | ES:TSJCLM:2013:1034 |
Número de Recurso | 69/2013 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 430/2013 |
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2013 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL
ALBACETE
SENTENCIA: 00430/2013
T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIALALBACETE
C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE
Tfno: 967 596 714
Fax:967 596 569
NIG: 02003 34 4 2013 0102003
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000069 /2013
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000587 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de ALBACETE
Recurrente/s: RESIDENCIA LOS ALAMOS DE SANTA GEMA S.L.
Abogado/a:
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Recurrido/s: Matilde Y CUATRO MAS, FOGASA FOGASA
Abogado/a:,
Procurador/a:
Graduado/a Social:
ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS
Iltmo. Sr. D. José Montiel González
Iltma. Sra. Dª.Petra García Márquez
Iltma. Sra. Dª.Luisa Mª Gómez Garrido
________________________________________________
En Albacete, a cuatro de abril de dos mil trece.
Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S. M. EL REY ha dictado la siguiente
- SENTENCIA Nº 430 - En el RECURSO DE SUPLICACION número 69/13, sobre resolución contrato, formalizado por la representación de RESIDENCIA LOS ALAMOS DE SANTA GEMA S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Albacete, de fecha 28-9-2012, en los autos número 587/12, siendo recurrido Dña. Matilde, Dña. María del Pilar, Dña. Dolores, Dña. Lorena y Dña. Debora, FOGASA y en el que ha actuado como Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Luisa Mª Gómez Garrido, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,
Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que estimando la demanda de resolución contractual interpuesta por Dña. Matilde, Dña. María del Pilar, Dña. Dolores, Dña. Lorena y Dña. Debora, asistidas del Letrado D. Óscar Quintana Sánchez, contra la empresa "Residencia Los Álamos de Santa Gema, S.L.", interviniendo como legal representante D. Javier y asistida de la Letrada Dña. Antonia Sánchez Cuervo, declaro extinguida la relación laboral existente entre las referidas partes desde la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa "Residencia Los Alamos de Santa Gema, S.L." a abonar a Dña. Matilde la cantidad de 9.401,71 #, a Dña. María del Pilar la cantidad de 9.235,12 #, a Dña. Dolores la cantidad de 8.801,32 #, a Dña. Lorena la cantidad de 9.299,43 # y a Dña. Debora la cantidad de 8.751,33 # en concepto de indemnización por la resolución contractual, declarando la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores .
Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:
Las actoras:
- Dña. Matilde, con D.N.I. n° NUM000, antigüedad de 27 de abril de 2.007, categoría profesional de Auxiliar de enfermería, contrato indefinido, jornada completa y salario de 39,88 #/día, con inclusión de la parte proporcional de pagas extra, abonados mensualmente mediante transferencia bancaria.
- Dña. María del Pilar, con D.N.I. n° NUM001, antigüedad de 2 de abril de 2.007, categoría profesional de Auxiliar de enfermería, contrato indefinido, jornada completa y salario de 1.156,82 # mensuales, con inclusión de la parte proporcional de pagas extra, abonados mensualmente mediante transferencia bancaria.
- Dña. Dolores, con D.N.I. n° NUM002, antigüedad de 1 de julio de 2.007, categoría profesional de Auxiliar de enfermería, contrato indefinido, jornada completa y salario de 1.156,82 # mensuales, con inclusión de la parte proporcional de pagas extra, abonados mensualmente mediante transferencia bancaria.
- Dña. Lorena, con D.N.I. n° NUM003, antigüedad de 4 de diciembre de 2.006, categoría profesional de Auxiliar de enfermería, contrato indefinido, jornada completa y salario de 1.096,14 # mensuales, con inclusión de la parte proporcional de pagas extra, abonados mensualmente mediante transferencia bancaria.
- Dña. Debora, con D.N.I. n° NUM004, antigüedad de 2 de abril de 2.007, categoría profesional de Auxiliar de enfermería, contrato indefinido, y salario de 1.096,14 # mensuales, con inclusión de la parte proporcional de pagas extra, abonados mensualmente mediante transferencia bancaria.
Vienen prestando servicios para la empresa "Residencia Los
Álamos de Santa Gema, S.L.", dedicada a la actividad de
asistencia a 3ª edad, siendo de aplicación el Convenio
Colectivo de las Residencias Privadas de la Tercera Edad de
Castilla-La Mancha. (D.O.C.M. de 10 de agosto de 2006.
La empresa "Residencia Los Álamos de Santa Gema, S.L." abonó a Dña. Matilde, el día 31 de agosto de 2.011 la cantidad de 1.014,75 #, el día 4 de octubre de 2.011 la cantidad de 499 #, el día 2 de noviembre de 2.011 la cantidad de 499,20 #, el día 23 de noviembre de 2.011 la cantidad de 1.053,31 #, el día 1 de febrero de 2.012 la cantidad de 970,14 #, el día 29 de febrero de 2.012 la cantidad de 1.033,07 #, el día 30 de abril de 2.012 la cantidad de 550 #, el día 30 de mayo de 2.012 la cantidad de 571,47 #, el día 18 de junio de 2.012 la cantidad de 1.009,93
La empresa "Residencia Los Álamos de Santa Gema, S.L." abonó a Dña. María del Pilar
, el día 31 de agosto de 2.011 la cantidad de 1.029 #, el día 4 de octubre de 2.011 la cantidad de 465 #, el día 2 de noviembre de 2.011 la cantidad de 465,35 #, el día 23 de noviembre de 2.011 la cantidad de 981,71 #, el día 1 de febrero de 2.012 la cantidad de 758,67 #, el día 29 de febrero de 2.012 la cantidad de 758,67 #, el día 30 de abril de 2.012 la cantidad de 500 #, el día 30 de mayo de 2.012 la cantidad de 512,36 #, el día 18 de junio de 2.012 la cantidad de 947,45 #, el día 2 de julio de 2.012 la cantidad de 969,37 #, el día 5 de julio de 2.012 las cantidades de 969,37 # y 1.049,66 #, el día 6 de julio de 2.012 la cantidad de 1.076,42 #, el día 1 de agosto de 2.012 la cantidad de 969,37 # y, el día 6 de septiembre de 2.012 la cantidad de 969,37 #.
La empresa "Residencia Los Álamos de Santa Gema, S.L." abonó a Dña. Dolores, el día 31 de agosto de 2.011 la cantidad de 1.029 #, el día 4 de octubre de 2.011 la cantidad de 514 #, el día 2 de noviembre de 2.011 la cantidad de 515 #, el día 23 de noviembre de 2.011 la cantidad de 1.085,82 #, el día 1 de febrero de 2.012 la cantidad de 1.085,82 #, el día 29 de febrero de 2.012 la cantidad de
1.142,65 e, el día 30 de abril de 2.012 la cantidad de 500 #, el día 30 de mayo de 2.012 la cantidad de 585,82 e, el día 18 de junio de 2.012 la cantidad de 1.029 #, el día 2 de julio de 2.012 la cantidad de 1.032,03 #, el día 5 de julio de 2.012 las cantidades de 978,03 # y 1.005,03 #, el día 6 de julio de 2.012 la cantidad de 1.032,03 #, el día 1 de agosto de 2.012 la cantidad de 978,03 # y, el día 6 de septiembre de 2.012 la cantidad de 1.032,03 #.
La empresa "Residencia Los Álamos de Santa Gema, S.L." abonó a Dña. Lorena, el día 31 de agosto de 2.011 la cantidad de 992,23 #, el día 4 de octubre de 2.011 la cantidad de 524 #, el día 2 de noviembre de 2.011 la cantidad de 525,73 #, el día 23 de noviembre de 2.011 la cantidad de 994,80 e, el día 1 de febrero de 2.012 la cantidad de 919,39 #, el día 29 de febrero de 2.012 la cantidad de 970,14 #, el día 30 de abril de 2.012 la cantidad de 500 #, el día 30 de mayo de 2.012 la cantidad de 498,48 #, el día 18 de junio de 2.012 la cantidad de 968,16 #, el día 2 de julio de 2.012 la cantidad de 419,53 #, el día 5 de julio de 2.012 las cantidades de 968,16 # y 1.021,62 #, el día 1 de agosto de 2.012 la cantidad de 677,72 # y, el día 6 de septiembre de
2.012 la cantidad de 1.021,62 #.
La empresa "Residencia...
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ATS, 8 de Abril de 2014
...Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de fecha 4 de abril de 2013, en el recurso de suplicación número 69/2013 , interpuesto por la RESIDENCIA LOS ÁLAMOS DE SANTA GEMA S.L., frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Albacete......