STSJ Cataluña 2466/2013, 8 de Abril de 2013

PonenteASCENSION SOLE PUIG
ECLIES:TSJCAT:2013:3919
Número de Recurso1348/2012
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2466/2013
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2013
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

F.S.

IL·LM. SR. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO

IL·LMA. SRA. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG

IL·LMA. SRA. LIDIA CASTELL VALLDOSERA

Barcelona, 8 d'abril de 2013

La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt,

EN NOM DEL REI

ha dictat la següent

SENTÈNCIA NÚM. 2466/2013

En el recurs de suplicació interposat per Estibaliz a la sentència del Jutjat Social 14 Barcelona de data 23 de setembre de 2011 dictada en el procediment núm. 9/2011, en el qual s'ha recorregut contra la part Generalitat de Catalunya (Departament de Governació), Selmar, S.A., Integra Manteniment,Gestio i Serveis Integrats Centre Especial de Treball- Catalunya,S.L., JAN BCS,S.L., Molt Net S.L., Servinet, S.L. i Fogasa, ha actuat com a ponent Il·lma. Sra. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG.

ANTECEDENTS DE FET

Primer

En data 5-1-11 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre reclamacio drets contracte treball, la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 23 de setembre de 2011, que contenia la decisió següent:

Que desestimando la demanda interpuesta por Doña Estibaliz contra GENERALITAT DE CATALUNYA (DEPARTAMENT DE GOVERNACIÓ), "SERVINET, S.L.", "SELMAR, S.A.", "MOLT NET, S.L." "JAN BCS, S.L.", "INTEGRA MANTENIMENT, GESTIO I SERVEIS INTEGRATS, CENTRE ESPECIAL DE TREBALLCATALUNYA, S.L." y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo absolver a los codemandados de las pretensiones en su contra formuladas.

Segon

En aquesta sentència es declaran com a provats els fets següents:

PRIMERO

La actora Doña Estibaliz, presta servicios desde día 4 de enero de 2.001, a tiempo parcial de 33 horas 30 minutos, adscrita al centro de trabajo denominado "Casal de Gent Gran" de Les Franqueses del Vallés, centro dependiente de la GENERALITAT DE CATALUNYA (DEPARTAMENT DE GOVERNACIÓ), en los períodos, con categoría profesional y contratada por las entidades siguientes: A) De 04-01-2001 a 31-12-2007, peón de oficios varios (ordenanza) contratada por "SERVINET, S.L." (alegaciones en el acto del juicio y en la demanda, no comparecencia de dicha demandada al acto de juicio a quien se le tiene por confesa en este hecho);

  1. De 01-01-2008 a 31-12-2008, peón de oficios varios, contratada por "SELMAR, S.A." (alegaciones en el acto del juicio y en la demanda, documentos folios 546 a 562 que se dan por reproducidos);

  2. De 01-01-2009 a 31-12-2009, peón de oficios varios (conserje), contratada por "MOLT NET, S.L." (alegaciones en el acto del juicio y en la demanda, documentos folios 367 a 381, 541 y 542 que se dan por reproducidos);

  3. De 01-01-2010 a 31-12-2010, portero celador (convenio del sector del lleure educatiu i sociocultural), conservándole la categoría de ordenanza por alegada subrogación, contratada por "JAN BCS, S.L." (alegaciones en el acto del juicio y en la demanda, documentos folios 430 a 446, 462 y 463 que se dan por reproducidos);

  4. De 01-01-2011 en adelante contratada por "INTEGRA MANTENIMENT, GESTIO I SERVEIS INTEGRATS, CENTRE ESPECIAL DE TREBALL-CATALUNYA, S.L." (alegaciones en el acto del juicio y en la demanda, con categoría según hojas de salario de limpiadora o telefonista recepcionista y según escrito de subrogación, de conserje (documentos folios 1080 a 1103 que se dan por reproducidos).

El salario mensual bruto incluida la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias que percibió la actora en el año 2.010 es de 1.229,52 #; y de aplicarse el convenio colectivo único del personal laboral de la Generalitat de Catalunya ahora el grupo E debería haber percibido en el año 2.010 un salario mensual bruto incluida la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias de 1.311,86 #, por lo que habría una diferencia a favor de la actora en el año 2.010 por importe de 3.371,92 # (hecho quinto de la demanda en los extremos no opuestos por las codemandadas en el acto de juicio para el caso de estimarse la demanda).

SEGUNDO

A la codemandada "SELMAR, S.A.", tras participar en la correspondiente licitación, se le adjudicó en el período 01- 01-2008 a 31-12-2008 el servicio de limpieza y conserjería del "Casal de Gent Gran" de Les Franqueses del Vallés, con la obligación de destinar a la ejecución del contrato los medios y el personal adecuados y con sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares del referido contrato, donde figuraban, entre otros, el objeto del contrato, el control de la ejecución del contrato, que la Direcció General d`Acció Civica efectuaría el seguimiento del contrato, así como que la empresa adjudicataria debía subrogarse en los trabajadores que prestaban en dichas fechas el servicio que se relacionaban en un anexo, en los términos que figuran en pliego de condiciones obrante a los folios 485 a 497 que se dan por reproducidos. Para ejecución del contrato "SELMAR, S.A." se subrogó en dos conserjes y en dos limpiadores (documentos de contratación folios 485 a 497, facturas folios 496 a 510, documentos de subrogación obrantes a folios 511 a 533 que se dan por reproducidos).

La anterior adjudicataria había sido la codemandada incomparecida "SERVINET, S.L." (hecho segundo de la demandada, no comparecencia en juicio de dicha demandada a quien se le tiene por confesa en este hecho, documental folios 511 a 533).

TERCERO

A la entidad "MOLT NET, S.L.", tras participar en la correspondiente licitación, se le adjudicó, en el período 01-01- 2009 a 31-12-2009, el servicio de conserjería del "Casal de Gent Gran" de Les Franqueses del Vallés, con la obligación de destinar a la ejecución del contrato los medios y el personal adecuados y con sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares del referido contrato donde figuraba, entre otros, el objeto del contrato, el control de la ejecución del contrato y la persona responsable del contrato por parte de la Generalitat, así como que la empresa adjudicataria debía subrogarse en los trabajadores que prestaban en dichas fechas el servicio que se relacionaban en un anexo, de acuerdo con lo que establecía el convenio colectivo del sector, en los términos que figuran en el contrato y pliego de condiciones obrante a los folios 269 a 309 que se dan por reproducidos (documentos de contratación obrantes a folios 382 a 384 que se dan por reproducidos).

La empresa "MOLT NET, S.L.", esta dedicada a empresa de servicios y estaba encuadrada en el convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de Cataluña (documento de subrogación obrante a folio 367, facturas folios 385 a 396 que se dan por reproducidos).

CUARTO

A la entidad "JAN BCS, S.L.", tras participar en la correspondiente licitación, se le adjudicó en el período 01-01-2010 a 31-12-2010, el servicio de conserjería del "Casal de Gent Gran" de Les Franqueses del Vallés, con la obligación de destinar a la ejecución del contrato los medios y el personal adecuados y con sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares del referido contrato donde figuraba, entre otros, el objeto del contrato, el control de la ejecución del contrato, que la Secretaria d`Acció Ciutadana efectuaría el seguimiento del contrato, así como que la empresa adjudicataria debía subrogarse en los trabajadores que prestaban en dichas fechas el servicio que se relacionaban en un anexo, en los términos que figuran en el contrato y pliego de condiciones obrantes a los folios 210 a 353 que se dan por reproducidos (documentos de contratación obrantes a folios 425 a 429).

La empresa "JAN BCS, S.L.", está encuadrada en el convenio colectivo del sector del "lliure, educatiu i socio cultural" (documento de subrogación obrante a folios 430 a 432 y documento de respuesta a peticiones de la actora folios 462 y 463, facturas folios 447 a 458).

QUINTO

A la entidad "INTEGRA MANTENIMENT, GESTIO I SERVEIS INTEGRATS, CENTRE ESPECIAL DE TREBALL- CATALUNYA, S.L.", dedicada a la prestación de servicios, limpieza y mantenimiento de edificios, apertura, cierre y custodia de llaves entre otras muchas, tras participar en la correspondiente licitación, se le adjudicó para el período 01-01-2011 a 31-12-2011, entre otros, el servicio de conserjería del "Casal de Gent Gran" de Les Franqueses del Vallés, con la obligación de destinar a la ejecución del contrato los medios y el personal adecuados y con sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares del referido contrato, donde figuraba, entre otros, el objeto del contrato, el control de la ejecución del contrato, que la Secretaria d`Acció Ciutadana efectuaría el seguimiento del contrato, así como que la empresa adjudicataria debía subrogarse en los trabajadores que prestaban en dichas fechas el servicio que se relacionaban en un anexo, en los términos que figuran en el contrato y pliego de condiciones obrante a los folios 354 a 365, 1.073 a 1.077 y 1173 a 1.225 que se dan por reproducidos (escritura de constitución obrante a folios 1246 a 1302 que se dan por reproducidos).

SEXTO

La actora, en su turno de trabajo, abría y cerraba el centro de trabajo, custodiaba las llaves, encendía y apagaba el aire acondicionado, atendía el teléfono, daba las horas para el podólogo que atiende en el centro, sellaba con un sello de la Generalitat las entregas que se hacían en el centro, en ocasiones hacía fotocopias y en ocasiones cumplía órdenes menores; mensualmente hacía un informe a la empresa en que la que estaba dada de alta informando de su actividad (testifical directora del centro, testifical de la jefa de servicios de integra).

SÉPTIMO

La actora en demanda presentada en fecha 30 de junio de 2008 reclamó exclusivamente contra...

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