ATS, 4 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Junio 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a cuatro de Junio de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de MOBART, 2 ,S.A., BAHER 93, S.L, CRISMORA, S.L, presentó escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 31 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 364/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1452/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Burgos.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 11 de octubre de 2012 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes.

  3. - El Procurador Don Jesús Jenaro Tejada, presentó escrito ante esta Sala el 13 de noviembre de 2012, personándose en nombre y representación de MOBART 2 S.A., BAHER 93, S.L, y CRISMORA S.L., en concepto de recurrente. La parte recurrida no ha comparecido ante esta Sala.

  4. - Por el recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Antonio Salas Carceller

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de MOBART 2 S.A., BAHER 93, S.L, y CRISMORA S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2º de art. 477.2 y del art. 469.1 , ambos de la LEC 2000 .

  2. - No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de MOBART 2 S.A., BAHER 93, S.L, y CRISMORA S.L., contra la Sentencia dictada, con fecha 31 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 3ª), en el rollo de apelación nº 364/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1452/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Burgos.

  2. ) No habiéndose personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo del recurso.

De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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