ATS, 28 de Mayo de 2013

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2013:5034A
Número de Recurso2604/2012
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2013
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Mayo de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Cornelio presentó el día 20 de septiembre de 2012 escrito de interposición de recurso de casación, contra la sentencia dictada con fecha 18 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (sección 5ª), en el rollo de apelación nº 1009/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1334/2009 del Juzgado de primera instancia nº 1 de Telde.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 25 de septiembre de 2012 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes.

  3. - La procuradora Dª. Blanca M. Grande Pesquero, en nombre y representación de D. Efrain , presentó escrito ante esta Sala el 22 de octubre de 2012, personándose en concepto de parte recurrida , mientras que la procuradora Dª. Silvia de la Fuente Bravo, en nombre y representación de D. Cornelio , presentó escrito el día 2 de noviembre de 2012, personándose en concepto de parte recurrente.

  4. - La parte recurrente ha constituido el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación de D. Cornelio , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la representación de D. Cornelio , con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Cornelio contra la sentencia dictada con fecha 18 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (sección 5ª), en el rollo de apelación nº 1009/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1334/2009 del Juzgado de primera instancia nº 1 de Telde.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 de la LEC , contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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