ATS, 14 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Fecha | 14 Mayo 2013 |
AUTO
En la Villa de Madrid, a catorce de Mayo de dos mil trece.
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- Por la representación procesal de "DIARIO ABC, S.L.", con fecha 13 de septiembre de 2012 se ha interpuesto recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección sexta), en el rollo de apelación nº 220/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1679/10 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valencia.
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- Por Diligencia de ordenación de fecha 27 de septiembre de 2012 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal.
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- Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. FRANCISCO GARCÍA CRESPO en nombre y representación de "DIARIO ABC, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 4 de octubre de 2012, personándose en calidad de parte recurrente. El Procurador D. Isidro Orquín Cedenilla, en nombre y representación de D. Romualdo , presentó un escrito ante esta Sala con fecha 13 de noviembre de 2012 personándose en el recurso en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.
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- Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "DIARIO ABC, S.L.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 . También procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal, al concurrir los requisitos exigidos en el artículo 469 de la LEC .
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de "DIARIO ABC, S.L." contra la Sentencia dictada, en fecha 9 de julio de 2012, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección sexta), en el rollo de apelación nº 220/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1679/10 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valencia.
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) Y entréguense copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría; transcurrido dicho plazo, y a los mismos fines, dese traslado al MINISTERIO FISCAL.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 y en el art. 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.