ATS, 30 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha30 Abril 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a treinta de Abril de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Penélope , Regina , Salome , Adolfo , Alfonso , Anselmo , Vicenta , Marí Juana , María Teresa , Agustina , Calixto , Celso , Cornelio , Blanca , Celestina , Daniela , Emma , Estrella , Florinda , Fulgencio , Gonzalo , Julia , José Leandro , Marcos , Otilia , Octavio , Rocío , Raimundo , Tamara , Ana María Bernarda , Luis Enrique , Juan Ramón , Pedro Miguel , Agapito , Ambrosio , Bartolomé , Eugenia , Carlos , Gracia , Jacinta , Diego , Eleuterio , Esteban , Matilde , Noelia , Héctor , Sabina , Tatiana , Zaira y María del Pilar , presentó el día 5 de septiembre de 2012, escrito de interposición del recurso de casación contra la Sentencia dictada, con fecha 29 de junio de 2012, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Novena), en el rollo de apelación nº 737/10 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1273/08 del Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 6 de septiembre de 2012 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes el 10 de septiembre de 2012.

  3. - El Procurador D. Emilio Martínez Benítez, en nombre y representación de Penélope , Regina , Salome , Adolfo , Alfonso , Anselmo , Vicenta , Marí Juana , María Teresa , Agustina , Calixto , Celso , Cornelio , Blanca , Celestina , Daniela , Emma , Estrella , Florinda , Fulgencio , Gonzalo , Julia , José , Leandro , Marcos , Otilia , Octavio , Rocío , Raimundo , Tamara , Ana María , Bernarda , Luis Enrique , Juan Ramón , Pedro Miguel , Agapito , Ambrosio , Bartolomé , Eugenia , Carlos , Gracia , Jacinta , Diego , Eleuterio , Esteban , Matilde , Noelia , Héctor , Sabina , Tatiana , Zaira y María del Pilar , presentó escrito ante esta Sala con fecha 14 de septiembre de 2012 personándose en calidad de recurrente . Por escrito presentado por el Procurador D. Emilio Martínez Benítez, se solicitó por fallecimiento Dª Penélope la sucesión procesal de su hija Dª Raimunda , que por diligencia de ordenación de 21 de marzo de 2013, se la tuvo por personada como parte recurrente. La Procuradora Dª Rocío Martín Echagüe, en nombre y representación de URALITA S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 22 de octubre de 2012 personándose en calidad de parte recurrida .

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Antonio Salas Carceller , a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Adelaida , al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2 , de LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría, sin que contra la presente resolución quepa recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Raimunda , Regina , Salome , Adolfo , Alfonso , Anselmo , Vicenta , Marí Juana , María Teresa , Agustina , Calixto , Celso , Cornelio , Blanca , Celestina , Daniela , Emma , Estrella , Florinda , Fulgencio , Gonzalo , Julia , José , Leandro , Marcos , Otilia , Octavio , Rocío , Raimundo , Tamara , Ana María , Bernarda , Luis Enrique , Juan Ramón , Pedro Miguel , Agapito , Ambrosio , Bartolomé , Eugenia , Carlos , Gracia , Jacinta , Diego , Eleuterio , Esteban , Matilde , Noelia , Héctor , Sabina , Tatiana , Zaira y María del Pilar , contra la Sentencia dictada con fecha 29 de junio de 2012, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Novena), en el rollo de apelación nº 737/10 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 1273/08 del Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Madrid.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que, en el plazo de VEINTE DÍAS , formalice su oposición por escrito, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo establecido en el art. 483.5 de la LEC .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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