SAP Segovia 21/2013, 12 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Marzo 2013
Número de resolución21/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00021/2013

S E N T E N C I A Nº 21/13

PENAL

Recurso de apelación

Número 21 Año 2013

Procedimiento Abreviado

Número 336 Año 2011

Juzgado de lo Penal de

S E G O V I A

En la ciudad de SEGOVIA, a doce de Marzo de dos mil trece.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Presidente, D.ª María Felisa Herrero Pinilla y D. Francisco Salinero Román, Magistrados, han visto en segunda instancia la causa de anotación del margen, procedentes del Juzgado de lo Penal de Segovia, seguido por un presunto delito de lesiones por imprudencia grave frente al acusado Pedro, mayor de edad y cuyos demás datos y circunstancias constan ya en la sentencia impugnada, representado por la Procuradora Sra. Pérez García y asistido del Letrado Sr. Martín Pérez, Carlos, frente a la aseguradora MAPFRE, como responsable civil directo, representada por la Procuradora Sra. Pérez García y asistida del Letrado Sr. Martín Pérez, con la intervención del MINISTERIO FISCAL, en representación de la acción pública y Aida, mayor de edad y cuyos demás datos y circunstancias constan ya en la sentencia impugnada, representada por la Procuradora Sra. Aprell Lasagabaster y asistida de la Letrado Sra. Bago Ruiz, Mercedes, como acusación particular en virtud de recurso de apelación interpuesto por la acusación particular Aida, como parte apelante, y también como parte apelada la responsable civil directo, Mapfre, en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Salinero Román.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal de Segovia, se dictó sentencia con fecha de veintisiete de marzo de dos mil doce, que declara los siguientes HECHOS PROBADOS: "Se declara probado que sobre las 10:50 horas del día 15 de octubre de 2010 el acusado conducía el vehículo de su propiedad, asegurado con póliza en vigor en la Cía. Mapfre, un Opel, modelo Combo, matrícula FS-....-F por el Pª Ezequiel González. Al circular totalmente desatento a las circunstancias del tráfico, no advirtió la presencia de la peatón Aida, situado a la altura de los jardinillos de San Roque, atropellándola, cayendo ella sobre el capó del vehículo y posteriormente sobre la calzada. Aida padeció lesiones consistentes en contractura cervical y lumbar para cuya sanidad precisó de una primera asistencia seguida de tratamiento facultativo consistente en terapia sintomática y rehabilitadota, en un periodo de 85 días durante los cuales permaneció impedida para la realización de sus ocupaciones habituales. "

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "FALLO: Debo condenar y condeno al acusado Pedro como autor de un delito de lesiones por imprudencia grave del art. 152.1.1 º y 2º del Código Penal, a las penas de TRES MESES DE PRISIÓN con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULOS A MOTOR Y CICLOMOTORES durante UN AÑO Y UN DIA.

Así mismo, el acusado deberá indemnizar a Aida en la cantidad de 738,98 euros como cantidad pendiente de abonar como indemnización por lesiones, secuelas y gastos sanitarios con la responsabilidad civil directa de la entidad aseguradora MAPFRE. Esta cantidad devengará los intereses del art. 576 de la LEC .

Todo ello, con imposición al acusado de las costas procesales incluidas las de la acusación particular."

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, por parte de la acusación particular Aida, representada por la Procuradora Sra. Aprell Lasagabaster y asistida de la Letrado Dª. Mercedes Bago Ruiz, se interpuso recurso de apelación contra dicha resolución.

CUARTO

Habiéndose tenido por interpuesto dicho recurso, se dio traslado del mismo al resto de las partes, para evacuar el trámite conferido para alegaciones, quien al hacerlo, impugnó el citado recurso, la responsable civil directa MAPFRE, representada por la Procuradora Sra. Pérez...

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