SAP Madrid 198/2013, 3 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución198/2013
Fecha03 Abril 2013

PROC. ORAL Nº 219/2009

ROLLO DE APELACION Nº 369/2012

JUZGADO DE LO PENAL Nº 3 DE GETAFE

S E N T E N C I A nº 198/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT

D. JOSE MANUEL FERNANDEZ PRIETO GONZALEZ

En Madrid, a 3 de Abril de 2013.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Anton, Leonor y Camilo, contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 3 de Getafe, de fecha 26 de Enero de 2012, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Presidente de la Sección, Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 3 de Getafe dictó sentencia, de

fecha 26 de Enero de 2012, cuyo relato fáctico es el siguiente:

" ÚNICO . Camilo - español, mayor de edad y sin antecedentes penales-, Anton -español, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia en esta causa- y Leonor -española. mayor de edad y sin antecedentes penales-, junto con una cuarta persona, puestos de previo y común acuerdo y guiados por el propósito de obtener un beneficio patrimonial de carácter ilícito, sobre las 17:45 horas del día 28 de octubre de 2007, accedieron, saltando una valla de más de un metro y ochenta centímetros de altura, a la nave industrial que la empresa DESESA tiene en la calle Rey Pastor nº 3 del Polígono Industrial de Butarque, en la localidad de Leganés, y a través de otra nave industrial colindante que se encontraba en obras, treparon hasta el tejado de la primera de las naves provistos de diversas herramientas, tales como destornilladores, martillos, tijeras cortables y llaves allen, para apoderarse de cuanto de valor hallaran, sin que consiguieran su objetivo al ser sorprendidos por vigilantes de seguridad, quienes les retuvieron hasta la llegada de la Policía Nacional.

Como consecuencia de estos hechos, originaron diversos desperfectos en la nave de la empresa

Desesa, que han sido tasados pericialmente en la suma de 1183,20 euros. " Y cuyo fallo es:

" CONDENAR a Camilo, Anton Y Leonor, como autores de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, previsto y penado en los arts. 237, 238.1 º y 240 del CP, en relación con los artículos 16 y 62 del mismo texto legal, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de 8 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como a indemnizar solidariamente a la empresa DESESA, en la suma de 1183,20 euros, más los intereses del artículo 576 de la LEC, y al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la Procuradora Dña. Rosario García García, en representación de Anton, Leonor y Camilo, recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial para su resolución.

TERCERO

En fecha 7 de Agosto de 2012 tuvo...

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