SJCA nº 2 195/2012, 9 de Octubre de 2012, de Vitoria-Gasteiz

PonenteCRISTINA RODRIGUEZ RUIZ
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2012
Número de Recurso135/2012

S E N T E N C I A Nº 195/2012

En VITORIA - GASTEIZ, a nueve de octubre de dos mil doce.

La Sra. Dª CRISTINA RODRÍGUEZ RUIZ, MAGISTRADO del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de VITORIA - GASTEIZ ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo registrado con el número 135/2012 y seguido por el procedimiento ABREVIADO, en el que se impugna: RESOLUCION DE 18 DE ENERO DE 2012 DE LA DELEGACION DEL GOBIERNO EN ALAVA DICTADA EN EL EXPEDIENTE 010020120000104.

Son partes en dicho recurso: como recurrente Dª Violeta representada y asistido de Letrado Dª. Paloma del Río Catón; como demandada SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ALAVA - NEGOCIADO DE EXTRANJEROS, representada y dirigida por el Abogado del Estado D. Iñaki Ferreras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 14 de mayo de 2012 tuvo entrada en este Juzgado demanda interpuesta por la Letrado Dª Paloma del Río en nombre y representación de Dª Violeta por la que se impugna la resolución administrativa citada.

SEGUNDO

Subsanados los defectos, por Decreto de 21 de mayo de 2012 se admitió a trámite la demanda y conferido traslado a la parte demandada se reclamó el expediente administrativo señalando para la celebración de la vista el día 2 de octubre de 2012, para lo que fueron citadas las partes.

TERCERO

En el día y hora señalados, tuvo lugar la celebración de la vista en la que comparecieron todas las partes, ratificándose el demandante en su pretensión, y oponiéndose el Abogado del Estado; tras lo cual, y practicada la prueba documental propuesta y admitida, cada parte elevó las conclusiones que estimó oportunas, con el contenido que obra en el soporte audiovisual habilitado al efecto, que ha sido validado por la Sra. Secretario judicial y unido a las actuaciones, quedando los autos conclusos y vistos para sentencia.

CUARTO

En la sustanciación de este procedimiento, se han observado los términos, trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la Resolución de la Subdelegado de Gobierno en Álava de 18 de enero de 2012 por la que se impone la sanción de expulsión de territorio nacional durante 3 años por comisión de la infracción prevista en el artículo 53.1 a) de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero .

Solicita la recurrente la nulidad de tal resolución, o subsidiariamente, la sustitución de la sanción de expulsión por multa en cuantía mínima.

Basa su pretensión en entender que la Administración no ha justificado suficientemente los hechos por los que se sanciona, que la expulsión es desproporcionada, que el único hecho negativo es la estancia ilegal, y que no se justifica la procedencia de la expulsión.

El Abogado del Estado se opuso a la anterior por entender, en primer lugar, que el recurso es extemporáneo, porque la resolución es de 18 de enero de 2012, y se publicó por edictos el 2 de febrero de 2012, por lo que a los 20 días comienza a correr el plazo de impugnación, y no se presenta el recurso hasta el 10 de mayo, que el 11 de abril la interesada solicitó una copia, conociendo la publicación del tablón de edictos;...

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