SAP Sevilla 397/2012, 11 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución397/2012
Fecha11 Octubre 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA 1ª Instancia nº 7 de Sevilla

ROLLO DE APELACIÓN 261/12-C

JUICIO Nº 1361/10

SENTENCIA NÚM. 397

ILUSTRISIMOS MAGISTRADOS SRES.

DON RAFAEL MARQUEZ ROMERO

DON CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ

DON ANDRES PALACIOS MARTINEZ

En la Ciudad de Sevilla a once de Octubre de dos mil doce.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio sobre MODIFICACION DE MEDIDAS procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de DON Indalecio,que en el recurso es parte APELANTE, representado por la Procuradora Sra. HERNANDEZ MARTINEZ contra DOÑA Manuela, que en el recurso es parte APELADA, representada por la Procuradora Sra. Pastor González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 18 de Octubre de 2011, que expresa literalmente en su parte dispositiva:" DEBO DESESTIMAR la solicitud de modificación de medidas presentada por el Procurador de los Tribunales Sra. Hernández Martínez, en nombre y representación de D. Indalecio

, contra Dª. Manuela, todo ello sin hacer especial condena en las costas causadas en la tramitación del presente juicio".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo, quedaron las actuaciones vistas para dictar sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANDRES PALACIOS MARTINEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada por el Juez de instancia en el presente procedimiento de modificación de medidas, se alza la representación procesal del actor Sr. Indalecio en base, esencialmente, a una errónea valoración o apreciación de la prueba practicada en lo que respecta al pronunciamiento por el que se matiene la atribución del uso y disfrute de la vivienda que fue familiar sita en la c/ CALLE000 nº NUM000 de Mairena del Aljarafe a la Sra. Manuela ; interesando su revocación con atribución del uso y disfrute sucesiva y alternativamente por períodos de seis meses a cada una de las partes hoy litigantes en la forma pretendida.

SEGUNDO

En lo que respecta a la pretensión revocatoria articulada a través del recurso interpuesto referida al mantenimiento de la atribución del uso y disfrute de la vivienda que fue familiar a la Sra. Manuela

; lo cierto es, que habrá de analizarse en el caso de autos, si realmente se ha producido una alteración sustancial de las circunstancias que propiciaron en su día la fijación de la misma, requiriendose en orden al posible acogimiento de la acción modificativa la concurrencia de los siguientes requisitos 1) Un...

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