SAP Jaén 233/2012, 5 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución233/2012
Fecha05 Octubre 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

JAÉN

JUZGADO DE LO PENAL

NÚM. 1 DE JAÉN

Procedimiento Abreviado núm.: 254/2011

Rollo de Apelación Penal núm. 101/2012

ESTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN, por los Iltmos. Sres. relacionados al margen, ha pronunciado, EN NOMBRE DE REY, la siguiente:

SENTENCIA NÚM. 233/12

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA

MAGISTRADOS:

D. JESÚS Mª PASSOLAS MORALES

D. SATURNINO REGIDOR MARTÍNEZ

En la ciudad de Jaén a cinco de octubre de dos mil doce.

Vista, en grado de apelación, ante esta Audiencia Provincial la causa seguida ante el Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén, por el Procedimiento Abreviado número 254 de 2.011, por el delito de Lesiones, procedente del Juzgado de Instrucción número 1 de Cazorla, siendo acusado Lorenzo, cuyas circunstancias constan en la recurrida, representado en la instancia por la Procuradora Sra. Dª. María del Mar Carazo Calatayud y defendido por la Letrada Sra. Dª. Isabel López Cubillano, ha sido apelante el citado acusado, parte el Ministerio Fiscal, representado por la Fiscal Iltma. Sra. Dª. María Paz Corral hermoso y Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. SATURNINO REGIDOR MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal número 1 de Jaén, en el Procedimiento Abreviado número 254 de 2.011, se dictó en fecha 27 de junio de 2.012, Sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS

: " PRIMERO .- Que sobre las 23 horas del día 30 de Diciembre de 2009, el acusado Lorenzo se encontraba en el interior del bar "Luis" sito en la calle Barranco de la localidad de Pozo Alcón, estando éste en estado de embriaguez. Viendo el camarero el estado en que se encontraba el acusado y como iban a cerrar, se negó a servirle, lo que motivó que el acusado comenzara a increpar a los allí presentes de forma agresiva. En uno de los intentos que se hicieron para que abandonara el local, el acusado se dirigió al Sr. Juan Manuel al que le quería tirar un taburete, logrando ser arrebatado por otro cliente del bar, momento en que se abalanza sobre aquel pegándole patadas y cayendo al suelo".

SEGUNDO

Como consecuencia de lo anterior el Sr. Juan Manuel sufrió lesiones consistentes en fractura de tobillo, que precisaron además de una primera asistencia facultativa tratamiento médico quirúrgico, consistente en colocación de férula, puntos de sutura y antibióticos, osteosíntesis y rehabilitación tardando en curar 140 días siendo 135 impeditivos y 5 de hospitalización, quedando secuelas valoradas en 6 puntos, 3 de perjuicio estético, 2 puntos de material de osteosíntesis y 1 de artrosis postraumática".

SEGUNDO

Así mismo la referida sentencia contiene el siguiente FALLO: " Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Lorenzo como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones, ya definido a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO y pago de costas por mitad..

En concepto de responsabilidad civil Lorenzo deberá indemnizar a D. Juan Manuel en la cantidad de

11.000#, por las lesiones sufridas mas los intereses del artículo 576 de la LEC ".

TERCERO

Contra la mencionada Sentencia por el acusado se formalizó en tiempo y forma el recurso de apelación, dándose traslado a las demás partes para impugnación o adhesión a la apelación, habiéndose presentado por el Ministerio Fiscal el correspondiente escrito de impugnación del recurso.

CUARTO

Elevados los autos a esta Audiencia se acordó formar rollo, turnar de Ponente, y una vez se llevó a cabo la votación y fallo quedaron examinados para sentencia.

QUINTO

Se aceptan como trámite y antecedentes los de la sentencia recurrida.

SEXTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Se acepta el resultado de hechos probados de la apelada.

Se aceptan los fundamentos jurídicos de dicha sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la resolución de instancia que condena al acusado por un delito de lesiones, se alza recurso de apelación en donde el condenado solicita la revocación de la resolución recurrida entendiendo que ha existido una errónea valoración probatoria de la juez a quo.

En tal sentido es doctrina jurisprudencial reiterada la que afirma que, cuando la cuestión debatida por la vía del...

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