SAP Alicante 3/2013, 10 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3/2013
Fecha10 Enero 2013

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE

SECCION OCTAVA.

TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA

ROLLO DE SALA Nº 460-329/12

PROCEDIMIENTO: JUICIO ORDINARIO 2055/11

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA ALICANTE-1

SENTENCIA NÚM. 3/13

Iltmos.:

Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.

Magistrado: Don Luis Antonio Soler Pascual.

Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán.

En la ciudad de Alicante, a diez de enero de dos mil trece.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Ordinario número 2055/11, sobre intromisión ilegítima en el derecho al honor, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de Alicante, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte actora, Don Francisco, representada por la Procuradora Doña Natalia Mesa-Sánchez Capuchino, con la dirección del Letrado Don Ángel Sesma Fernández, designados del turno de oficio y; como apeladas, de un lado, la parte demandada, SOCIEDAD ESPAÑOLA DE RADIODIFUSIÓN, S.A. (SER), representada por la Procuradora Doña Carmen Vidal Maestre, con la dirección del Letrado Don Javier Moreno Núñez y, de otro lado, el Ministerio Fiscal.

I - ANTECEDENTES

DE H E C H O.-

PRIMERO

En los autos de Juicio Ordinario número 2055/11 del Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de Alicante se dictó Sentencia de fecha uno de junio de dos mil doce, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta la Procuradora Sra. Mesa-Sanchez Capuchino, en representación de Francisco, frente RADIO YECLA CADENA SER y, en su consecuencia, absuelvo a la demandada de los pedimentos formulados en su contra; con imposición de las costas del proceso a la parte actora."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y, tras tenerlo por interpuesto, se dio traslado a las demás partes quienes presentaron sendos escritos de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 460-392/12, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día nueve de enero, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales. VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Enrique García Chamón Cervera.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda que inicia este proceso tiene por objeto una pretensión resarcitoria como consecuencia de la emisión el día 4 de julio de 2006 por Radio Yecla, perteneciente a la red de emisoras de la entidad demandada, de una noticia en la que, por los datos suministrados, era fácil deducir que se refería al actor a quien le imputaba la comisión de un delito de corrupción de menores, de un delito contra los derechos de los trabajadores y de favorecimiento de la inmigración ilegal, a través del local Pub "Liverpool" de la referida localidad que regentaba el actor, por los que fue detenido y, de los que resultó absuelto mediante Sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia (PA 288/08) de fecha 27 de marzo de 2009; a su vez, también refería que tenía antecedentes por haber sido juzgado y condenado por homicidio en el año 1984 cuando, en realidad, fue absuelto del referido delito por Sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia de 27 de septiembre de 1986 . La emisión de las referidas noticias provocó la lesión del derecho al honor del actor, el desahucio del local que regentaba, la necesidad de trasladar su domicilio a otras localidades y un trastorno ansioso-depresivo cuyo resarcimiento cifra en 100.000.- #.

La Sentencia de instancia desestimó la demanda y frente a la misma se alza el actor quien denuncia una errónea valoración de la prueba porque de la misma se infiere que la noticia difundida por Radio Yecla no se limitó a informar sobre los hechos de la detención sino que se amplió innecesariamente con hechos falsos que produjeron graves daños materiales y morales al actor.

SEGUNDO

En primer lugar, se impugna la apreciación realizada por el Juzgador de instancia acerca de los términos exactos de la noticia radiodifundida pues considera el recurrente que, atendiendo a la testifical de Don Marcelino, a la sazón Director de Informativos de Radio Yecla, el contenido de la noticia coincidía con la publicada en el Diario La Verdad de 4 de julio de 2006 (documento número 3 de la demanda).

La valoración que procede realizar de la testifical del Sr. Marcelino es que la noticia difundida el día 4 de julio de 2006 por su emisora debió de coincidir con la publicada en el Diario La Verdad porque ambos medios se nutrieron de la misma fuente que era la Delegación del Gobierno de Murcia o la Comisaría de Policía, sin que pueda asegurar que los términos utilizados sean plenamente idénticos.

De otro lado, la testifical de la Sra. María del Pilar tampoco resultó esclarecedora para acreditar cuáles fueron los términos empleados en la difusión de la noticia porque manifestó que no recordaba los términos de la noticia difundida por la emisora.

Así las cosas, la imposibilidad de determinar los términos exactos de la noticia difundida impide examinar con rigor los parámetros a considerar en los supuestos de colisión entre el derecho al honor y la libertad de información.

TERCERO

Aun admitiendo que la noticia difundida por la emisora Radio Yecla coincidiera con la publicada por el Diario La Verdad, la Sala comparte con el Magistrado de instancia que no sería subsumible en el supuesto previsto en el apartado 7 del artículo 7 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen: " La imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. "

Las expresiones ofensivas del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 426/2015, 10 de Julio de 2015
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 10 d5 Julho d5 2015
    ...contra la sentencia dictada el 10 de enero de 2013 por la Sección 8ª de la Audiencia Provincial de Alicante en el recurso de apelación nº 460/2012 , dimanante de las actuaciones de juicio ordinario nº 2055/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alicante, sobre vulneración del derecho......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR