SAP Madrid 526/2008, 10 de Julio de 2008
Ponente | MARIA JESUS ALIA RAMOS |
ECLI | ES:APM:2008:10675 |
Número de Recurso | 191/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 526/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Julio de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00526/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 12ª
Rollo: RECURSO DE APELACION Nº 191/2007
PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 4 DE FUENLABRADA
JUICIO ORDINARIO 150/06
DEMANDANTE/APELADO: EXTREMA GESTION, S.L.
DEMANDADOS/APELANTES: INVERSIONES Y NEGOCIOS PEREZ
SALAZAR, S.L., DON Braulio
PROCURADOR/A: DOÑA MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA
PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS
SENTENCIA Nº 526
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSE VICENTE ZAPATER FERRER
Mª JESÚS ALÍA RAMOS
FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
En MADRID, a diez de julio de dos mil ocho.
La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 150/2006 del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 4 de FUENLABRADA seguido entre partes, de una como apelante INVERSIONES Y NEGOCIOS PEREZ SALAZAR, S.L. y Braulio, representada por la Procuradora DOÑA MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA, y de otra, como apelado EXTREMA GESTION, S.L., sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 4 de FUENLABRADA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 23 de noviembre de 2006, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda interpuesta por Extrema Gestión, S.L., representado por el Procurador D. Jose Antonio Moreno de la Peña, contra Inversiones y Negocios Salazar S.L., representado por el Procurador Dª Elvira Ruiz Resa, debo CONDENAR Y CONDENO al demandado a abonar a la actora la cantidad de 86.440 euros (OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS), mas los intereses legales devengados desde la reclamación judicial, y al abono de las costas. Que desestimando la reconvención formulada por Inversiones y Negocios Salazar S.L., representado por el Procurador Dª Elvira Ruiz Resa, contra Extrema Gestión S.L., representado por el Procurador D. Jose Antonio Moreno de la Peña, debo absolver y absuelvo al actor reconvenido, con imposición de costas al demandado reconviniente.". Notificada dicha resolución a las partes, por INVERSIONES Y NEGOCIOS PEREZ SALAZAR, S.L. y Braulio se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que IMPUGNA. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 2 de julio de 2008, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª JESÚS ALÍA RAMOS.
Contra la sentencia estimatoria de la demanda interpuesta por la mercantil EXTREMA GESTION, S.L. y desestimatoria de la reconvención formulada por Inversiones y Negocios Pérez Salazar, S.L. y don Braulio, éstos interponen recurso de apelación que fundan en los siguientes motivos: 1) Infracción del derecho a la tutela juidicial efectiva y del derecho de defensa al haberse celebrado el juicio sin la presencia de Letrado de esa parte, obedeciendo su incomparecencia a causa de fuerza mayor; 2) No procede la condena al pago de la cantidad total de la deuda; 3) Imposibilidad, por la citada incomparecencia, de practicar la prueba testifical interesada por dicha parte; y, 4) Carácter abusivo de la cláusula penal. Por lo que solicita la nulidad del juicio y, subsidiariamente, la desestimación de la demanda y estimación de la reconvención.
El núcleo de la cuestión planteada en el primer motivo de recurso reside en determinar si al rechazarse la nulidad pretendida por la hoy apelante que no compareció al juicio el día señalado -23 octubre 2006- por razón del gran atasco de tráfico por la lluvia ocurrido ese día, ha...
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