STSJ Comunidad de Madrid 1097/2008, 13 de Junio de 2008

PonenteJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
ECLIES:TSJM:2008:11180
Número de Recurso1074/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1097/2008
Fecha de Resolución13 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

PO 1074/06

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 01097/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1074/06

ORDINARIO

SENTENCIA NÚMERO 1097

PRESIDENTE

Don Alfredo Roldán Herrero.

MAGISTRADOS

Doña Clara Martínez de Careaga y García.

Doña Francisca Rosas Carrión.

Don José Félix Martín Corredera.

En la Villa de Madrid, a trece de junio de dos mil ocho.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1074/06 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, de fecha 17 de febrero de 2006, por la que se dispuso la revocación de la licencia de armas tipo "D", de la que era titular el recurrente.

Son partes en dicho recurso: como recurrente don Aurelio, representado por la procuradora doña Rosina Montes y dirigido por el letrado don José R. Porrino R.

Como demandada: la Administración General del Estado, representada y dirigida por el Abogado del Estado.

Ha sido ponente el magistrado don José Félix Martín Corredera, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando los actos impugnados en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el correspondiente escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

Mediante auto se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a la practica las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el día 12 de junio de 2008, fecha en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso contencioso administrativo la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, de fecha 17 de febrero de 2006, por la que se dispuso la revocación de la licencia de armas tipo "D" (arma larga rayada para caza mayor), de la que era titular el recurrente, por realizar conductas incompatibles con la habilitación para la tenencia y uso del citado tipo de arma. El expediente de revocación fue incoado en razón de que con fecha 8 de octubre de 2005 sobre las 20:45 horas el recurrente fue sorprendido por Agentes del Seprona de Cartegana (Huelva), mientras cazaba realizando un aguardo nocturno sin autorización, en terreno sometido a régimen sometido a régimen cinegético especial, suspendido temporalmente por la Consejería de Medio Ambiente por el hallazgo de cebos envenenados en espacio natural protegido, Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, auxiliándose de luz artificial, visor nocturno, mira telescópica y munición para caza mayor (balas), realizando previamente para ello un aguardo artificial y comederos para atraer a animales silvestres, para posteriormente abatirlos, siendo denunciado por los agentes como presunto autor de las infracciones tipificadas en los artículos y disposiciones legales siguientes: artículos 7.2.a), 55.1.g) 73.I. a, b, c y d) y 78.5 de la Ley 8/2003 de 28 de octubre de Flora y fauna Silvestre; artículos 26.4ª y 38.10 de la Ley 4/89 de 27 de marzo de conservación de los espacios naturales, flora y fauna silvestre; y artículo 261) de la...

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