SAP Valencia 29/2013, 21 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución29/2013
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 5 (penal)
Fecha21 Enero 2013

1 AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALENCIA

SECCIÓN QUINTA

ROLLO DE APELACIÓN DE JUICIO DE FALTAS 317/2.012

NIG 46250-37-1-2012-0007247

DIMANANTE DE J.F. 132/12 DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN 4 DE MONCADA

SENTENCIA Nº 29/2013:

En la ciudad de Valencia, a dieciocho de enero del año dos mil trece.

Visto por la Ilma. Sra. Doña Carolina Rius Alarcó, Magistrada titular de la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Valencia, el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 21 de junio del pasado año 2012 por la Sra. Juez del Juzgado de Instrucción número 4 de los de la ciudad de Moncada, en el juicio de faltas seguido en dicho Juzgado con el número 132/2012, por supuesta falta contra las personas; habiendo sido parte en el recurso, como apelante, la denunciada, Socorro, y como apelado, el Ministerio Fiscal, representado por Doña Sandra Bonet Martínez, ha dictado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada declaró probados los siguientes hechos: "Queda probado y así se declara que en virtud de Sentencia dictada por este mismo Juzgado en procedimiento de guarda y custodia 629/2009 dictada en fecha 10 de marzo de 2010, posteriormente modificada por la Sentencia de modificación de medidas dictada en fecha 24 de noviembre de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Moncada, se estableció que correspondía al progenitor no custodio la mitad de las vacaciones escolares de Semana Santa-Pascua. Correspondiendo al padre iniciar su periodo vacacional de Semana Santa el día 4 de abril de 2012 -miércoles- a las veinte horas, se desplazó hasta la localidad de Alboraya no pudiendo disfrutar de la compañía de su hija hasta el día 5 de abril de 2012, pasadas las 11.30 horas de la mañana, por imponerlo de este modo la denunciada".

SEGUNDO

El fallo de dicha Sentencia apelada literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Socorro como autora criminalmente responsable de una falta contra las relaciones familiares prevista y penada en el artículo 618.2 del Código Penal, imponiéndole la pena de veinte días de multa con una cuota diaria de veinte euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Las costas se imponen a Socorro ".

TERCERO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la denunciada se interpuso contra la misma recurso de apelación, que sustancialmente fundó en alegar que los hechos no eran constitutivos de delito alguno, ausencia de dolo, prueba de cargo insuficiente y error en la apreciación de la prueba, solicitando que se dictase Sentencia absolviendo a aquélla y revocando íntegramente la Sentencia de instancia.

CUARTO

Admitido a trámite el recurso de apelación, se dio traslado del mismo a las partes, interesando el Ministerio Fiscal su desestimación y la confirmación de la Sentencia recurrida QUINTO.- Se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, y fue turnada la ponencia, formándose el rollo de apelación correspondiente.

HECHOS PROBADOS:

Se acepta el relato de hechos probados de la Sentencia apelada, que se da aquí por reproducido.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La parte apelante impugna el fallo condenatorio dictado en la instancia, sustancialmente alegando que se habría incurrido, por la Juzgadora a quo, en indebida aplicación del artículo 618.2 del Código Penal y en error en la valoración de la prueba; y argumentando que los hechos no eran constitutivos de infracción penal alguna, y "carecen de trascendencia penal ... lo sucedido -el retraso de once horas en la entrega de la menor bajo la custodia materna- fue favorecido por diversos factores", "(el) tipo contenido en el ...

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