SAP Barcelona 6/2013, 16 de Enero de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 6/2013 |
Fecha | 16 Enero 2013 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMONOVENA
ROLLO Nº 868/2011- C
Juicio verbal Nº 179/2011
Juzgado Primera Instancia 3 Rubí
S E N T E N C I A Nº. 6 / 2013
Ilmo. Sr. Magistrado:
D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ
En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de enero de dos mil trece.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal Número 179 / 2011, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Rubí, a instancia de BANCO VITALICIO DE ESPAÑA C.A. SEGUROS Y REASEGUROS-GENERALI ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS contra PRORI, S.L. y REALE; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora BANCO VITALICIO DE ESPAÑA C.A. SEGUROS Y REASEGUROS-GENERALI ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, contra la Sentencia dictada en los mismos el dia 7 de junio de 2011, por el Iltmo./a Sr./a Magistrado/a del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: " FALLO Que DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por la Procuradora Sra. Llovet Pérez, en nombre y representación de BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, C.A. de Seguros y Reaseguros, contra la mercantil " PRIORI, S.L. " y aseguradora REALE SEGUROS, representadas por el Procurador Sr. Izquierdo Colomer, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos de la demanda, con imposición de las costas a la parte actora. "
Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, C.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, mediante su escrito motivado y a través de su representación procesal, dándose traslado a los demandados PRORI,S.L. y REALE SEGUROS, que formalizaron oposición, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para resolver la presente apelación el día 10 de enero de 2013.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo designado Magistrado Único el Iltmo. Sr. D. JOSÉ MANUEL REGADERA SAENZ.
Por parte de la representación de BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS se interpone recurso de apelación contra la Sentencia dicada el día 7 de junio de 2011 por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Rubí en Juicio Verbal 179/2011.
La referida resolución desestimó la demanda presentada por la apelante contra REALE SEGUROS GENERALES, S.A. y PRIORI, S.L. en reclamación de los daños y perjuicios sufridos por su asegurado en su vivienda sita en la Avda. Ramón Escayola, 21 de Valldoreix derivados de la caída de un árbol de la vivienda vecina el día 24 de enero de 2009. Estima la resolución de instancia que concurrió fuerza mayor.
Señala la apelante que la resolución de primera instancia incurre en error en la valoración de la prueba, ya que...
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