SAP Alicante 440/2012, 15 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución440/2012
Fecha15 Noviembre 2012

Audiencia Provincial de Alicante. Sección cuarta. Rollo 276/12

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN CUARTA

ALICANTE

NIG: 03014-37-2-2012-0001245

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 000276/2012- Dimana del Procedimiento cambiario Nº 001801/2010

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE ALICANTE

Apelante/s: Catalina y PRINCIPIA INVIERTE S.L.

Procurador/es: AMANDA TORMO MORATALLA y AMANDA TORMO MORATALLA

Letrado/s: Mª DEL CARMEN DEL POZO MAGARIÑO y Mª DEL CARMEN DEL POZO MAGARIÑO

Apelado/s: SHERLID S.L., GENERAL DE INVERSIONES DEL SURESTE S.A. y Silvio

Procurador/es : JUAN IVORRA MARTINEZ y Pascual Giménez Gonsálvez (1ª Instancia)

Letrado/s: CARMEN DE ARMENDIA SANTOS

===========================

Iltmos. Sres.:

Presidente

D.Federico Rodríguez Mira

Magistrados

D. Manuel B. Flórez Menéndez

Dª. Paloma Sancho Mayo

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En ALICANTE, a quince de noviembre de dos mil doce

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 000440/2012 En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante Dª. Catalina y PRINCIPIA INVIERTE S.L., representada por la Procuradora Sra. TORMO MORATALLA, AMANDA y asistida por la Lda. Sra. POZO MAGARIÑO, Mª DEL CARMEN DEL, frente a la parte apelada SHERLID S.L., representada por el Procurador Sr. IVORRA MARTINEZ, JUAN y asistida por la Lda. Sra. DE ARMENDIA SANTOS, CARMEN, y GENERAL DE INVERSIONES DEL SURESTE S.A. y D. Silvio, contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE ALICANTE, habiendo sido Ponente el Ilmo Sr. D. Federico Rodríguez Mira.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 5 DE ALICANTE, en los autos de juicio Procedimiento cambiario - 001801/2010 se dictó en fecha 15-09-11 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

DESESTIMO la demanda de oposición formulada por la Procuradora Sra. Amanda Tormo Moratalla, en nombre y representación de Dª Catalina y la mercantil PRINCIPIA INVIERTE S.L. frente a la demanda de juicio cambiario interpuesta por el Procurador Sr. Juan Ivorra Martínez representando a la entidad mercantil SHERLID S.L. declarando procedente el despacho de ejecución frente a la demandada cambiaria por la cantidad de 223.080 euros de principal, más la de 74.300 euros calculada para intereses de demora y gastos.

DESESTIMO la demanda de oposición formulada por el Procurador Sr. Pascual Giménez Gonsálvez, en nombre y representación de Silvio y de la mercantil GENERAL DE INVERSIONES DEL SURESTE S.A. frente a la demanda de juicio cambiario interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Ivorra Martínez representando a la entidad mercantil SHERLID S.L., declarando procedente el despacho ejecución frente a la demandada cambiaria por la cantidad de 19.080 euros de principal, más 6.360 calculada para intereses de demora y gastos.

Impongo el pago de las costas procesales a los demandantes Dª Catalina y la mercantil PRINCIPIA INVIERTE S.L. y a Silvio y la mercantil GENERAL DE INVERSIONES DEL SURESTE S.A..

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante Dª. Catalina y PRINCIPIA INVIERTE S.L., habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el Juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación 000276/2012 señalándose para votación y fallo el día 14-11-12.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Promovida por la mercantil Sherlid S.L. demanda de Juicio Cambiario contra Dª. Catalina y la empresa Principia Invierte S.L. en reclamación del importe de 3 pagarés librados a su favor con vencimientos a 10- 01, 20-2 y 10-07-09, por importe global de 223.080 #; y contra D. Silvio y la mercantil General de Inversiones del Sureste S.L., por impago del pagaré de 19.080 # librado en fecha 9-01-09 con vencimiento al 20-02-2009; la sentencia de instancia rechazó la oposición formulada por los deudores,...

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