STSJ Comunidad de Madrid 36/2013, 23 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución36/2013
Fecha23 Enero 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Octava

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2012/0010804

Derechos Fundamentales 1508/2012 O- 07

RECURSO 1508/2012

SENTENCIA NÚMERO 36

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. Doña Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Don Miguel Ángel Vegas Valiente

Dña. Carmen Rodriguez Rodrigo

D. Francisco Javier González Gragera

----------------------------------------------- -------------------En la Villa de Madrid, a 23 de enero de 2013.

Vistos por la Sala constituida por los Señores referenciados al margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo especial para la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales número 1508/2012, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Doña Victoria Pérez-Mulet y Díez-Picazo,

en nombre y representación de Dª Felicisima, D. Fausto, Dª Rosario, D. Mariano, Dª Brigida, Dª Lina, D. Victorio, Dª Marí Luz, Da Emma, Dª Pilar, Dª Aurelia, Dª Juliana y Dª Yolanda, contra la desestimación presunta por silencio administrativo negativo (posteriormente ampliado a las resoluciones desestimatorias expresas) de los recursos administrativos promovidos contra el Acuerdo del Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, sistema de libre acceso, de fecha 29.03.11 (publicado en la web del Ministerio de Justicia el 30.03.11), por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en dicho procedimiento selectivo convocado por la Orden JUS/1655/2010 de 31 de mayo y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, también ha intervenido el Ministerio Fiscal.

Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

Ha intervenido el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de los recurrentes se interpuso el presente recurso en la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso y concluyó con la súplica de que, en su día y previos los trámites legales, se dicte sentencia conforme a lo solicitado en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente y documentación aportada, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

Mediante Auto de 2 de julio de 2012, se acordó en el recurso contencioso administrativo de protección de derechos fundamentales 3/2011, de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, declinar la competencia en el Tribunal Superior de Justicia para conocer del recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Acuerdo del Tribunal Calificador único de las pruebas ingreso para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, sistema de libre acceso, de 29 de marzo de 2011. Respecto de algunos de los iniciales recurrentes se mantuvo la competencia y continuó la tramitación del recurso.

Mediante Auto de 3 de septiembre de 2012, se produjo la aclaración de la anterior, ordenando, asimismo, la remisión de las actuaciones a este Tribunal Superior de Justicia.

TERCERO

Que, mediante una vez ultimado el periodo de prueba con el resultado que obra en autos y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 22 de enero de 2013, fecha en que tuvo lugar.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Javier González Gragera.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se promueve este recurso contencioso-administrativo por la Procuradora de los Tribunales Doña Victoria Pérez-Mulet y Díez-Picazo, en nombre y representación de Dª Felicisima, D. Fausto, Dª Rosario, D. Mariano, Dª Brigida, Dª Lina, D. Victorio, Dª Marí Luz, Da Emma, Dª Pilar, Dª Aurelia, Dª Juliana y Dª Yolanda, contra la desestimación presunta por silencio administrativo negativo (posteriormente ampliado a las resoluciones desestimatorias expresas) de los recursos administrativos promovidos contra el Acuerdo del Tribunal Calificador Único de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, sistema de libre acceso, de fecha 29.03.11 (publicado en la web del Ministerio de Justicia el 30.03.11).

Del expediente remitido por la Administración demandada y de las alegaciones vertidas en los escritos de las partes, queda acreditado por lo que aquí interesa, que inicialmente se impugnó la desestimación presunta de los recursos administrativos interpuestos contra la resolución del Tribunal Calificador Único (en sucesivas citas TCU) de 29-3-2011 por el que se hace pública la relación de aprobados del segundo ejercicio del proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa convocadas por la Orden JUS/1655/2010 de 31 de mayo.

Posteriormente el recurso se amplió a las resoluciones expresas, dictadas por el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, por delegación del Ministro del ramo (art. 8 A) 6 de la Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre, por la que se delegan competencias del Ministro y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos del Ministerio de Justicia), y desestimatorias de los recursos de alzada y reposición interpuestos.

Por Autos de 2-7-2012 y 3-9-2012 la competencia de la Sala de la Audiencia Nacional quedó limitada al recurso interpuesto por las Sras. María Teresa y Lourdes con base a la OM identificada como actividad administrativa recurrida al inicio del presente fundamento jurídico, declinándose la competencia de los restantes recurrentes en la Sala de lo Contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Mediante sentencia de 20.09.12 de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional se resolvió el recurso contencioso-administrativo promovido por las recurrentes Sras. María Teresa y Lourdes en sentido desestimatorio.

SEGUNDO

En la demanda esencialmente, tal como aparece resumido en la sentencia referida, alegan los recurrentes que se ha vulnerado su derecho fundamental a acceder en régimen de igualdad a la función pública pues tras haberse declarado por el Acuerdo TCU de 14 marzo 2011 que habían superado las pruebas selectivas, en ese momento ha concluido su actuación evaluadora sin perjuicio de que estuviese pendiente la realización de la prueba de idioma autonómico ya que ésta no podía comportar a la...

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