SAP Madrid 19/2013, 22 de Enero de 2013
Ponente | MARIA VICTORIA SALCEDO RUIZ |
ECLI | ES:APM:2013:2345 |
Número de Recurso | 930/2011 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 19/2013 |
Fecha de Resolución | 22 de Enero de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8
MADRID 00019/2013
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE MADRID
Sección 8 ª
1280A
FERRAZ, 41
N.I.G. 28000 1 0012120 /2011
RECURSO DE APELACION 930 /2011
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 51 /2010
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de MAJADAHONDA
De: FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A.
Procurador: JOSÉ ANDRÉS CAYUELA CASTILLEJO
Contra: PINTURAS GAMA, S. L.
Procurador: CRISTINA ZETTERSTRON GARCÍA
Ponente : ILMA. SRA. Dª MARÍA VICTORIA SALCEDO RUÍZ
SENTENCIA Nº 19/2013
Magistradas:
ILMA. SRA. Dª CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ
ILMA. SRA. Dª MARÍA PILAR GONZÁLVEZ VICENTE
ILMA. SRA. Dª MARÍA VICTORIA SALCEDO RUÍZ
En Madrid, a veintidós de enero de dos mil trece. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por las Sras. Magistradas expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario, número 51/10 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Majadahonda, seguidos entre partes, de una, como demandante- apelada, PINTURAS GAMA, S. L., representada por la Procuradora Dª CRISTINA ZETTERSTRON GARCÍA, y de otra, como demandada-apelante, FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A., representada por el Procurador D. JOSÉ ANDRÉS CAYUELA CASTILLEJO.
VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA VICTORIA SALCEDO RUÍZ.
Por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Majadahonda, en fecha 28 de febrero de 2011, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales DÑA. CRISTINA ZETTERSTROM GARCÍA, en nombre y representación de PINTURAS GAMA, SL, frente a la ENTIDAD MERCANTIL FINCAS DE MAJADAHONDA, SA, debo declarar y declaro:
-
Que la fincas registrales nº NUM010 y NUM011 del Registro de la Propiedad nº 2 de Majadahonda, inscritas a favor de la demandante PINTURAS GAMA, SL se encuentran doblemente inmatriculadas en colisión con la finca registral NUM003 inscrita a favor de FINCAS MAJADAHONDA, SA, figurando en dicho Registro, TOMO NUM000, LIBRO NUM001 de MAJADAHONDA, folio NUM002 .
-
El mejor derecho sobre la finca de PINTURAS GAMA, SL frente a FINCAS MAJADAHONDA SA, respecto de la titularidad de la finca doblemente inmatriculada, declarando, en su virtud, el mejor derecho de PINTURAS GAMA SL, sobre la parcela nº NUM005 del Polígono NUM009, como anterior titular de las fincas registrales nº NUM010 y NUM011 del Registro de la propiedad de Majadahonda y por ende como única dueña de la parcela NUM005 del mencionado polígono NUM009, aportada a la Actuación Urbanística para el Desarrollo del Área de Reparto nº 17 "Los Satélites" por tener mejor derecho que la demandada sin que dentro de su perímetro ostente ésta derecho alguno, declarando la nulidad del título dominical de FINCAS MAJADAHONDA, SA, respecto de la mencionada FINCA REGISTRAL nº NUM003
, posteriormente identificada como parcela catastral nº NUM005 del Polígono NUM009 de Rústica de Majadahonda, declarando nulos y ordenando la cancelación de los folios registrales de la inscripción primera de inmatriculación y posteriores de la Finca Registral nº NUM003, después identificada como parcela catastral nº NUM005 del Polígono NUM009 de Rústica de Majadahonda inscrita a favor de FINCAS MAJADAHONDA, SA en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 de MAJADAHONDA, TOMO NUM000, LIBRO NUM001 de MAJADAHONDA, folio NUM002 .
-
Y, en consecuencia, el mejor derecho de PINTURAS GAMA, SL, frene a FINCAS DE MAJADAHONDA, SA, sobre las fincas de resultado de la PARCELA NUM005 del POLÍGONO NUM009 DE RÚSTICA DE MAJADAHONDA que se refieren en las páginas 35, 36 y 37 de la demanda, punto 7 de su SUPLICO, declarando procedente que se proceda a la inscripción en el REGISTRO de la PROPIEDAD nº 2 DE MAJADAHONDA, de las mencionadas fincas a nombre exclusivo de PINTURAS GAMA, SL, eliminando el concepto de fincas litigiosas.
Se condena a la demandada FINCAS MAJADAHONDA, SA a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como al pago de las costas causadas."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de enero de 2013.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se interpone recurso de apelación en nombre y representación de la entidad mercantil
FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A. contra la sentencia dictada, en fecha 28 de febrero de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Majadahonda, en el procedimiento seguido por los trámites del Juicio Ordinario, bajo el nº 51/10, a instancia de PINTURAS GAMA, S. L. contra la antes citada, en la que estimando la demanda interpuesta por aquélla, se declara: 1.- Que las fincas registrales nº NUM010 y NUM011 del Registro de la Propiedad nº 2 de Majadahonda, inscritas a favor de la demandante PINTURAS GAMA, S.
L., se encuentran doblemente inmatriculadas en colisión con la finca registral NUM003, inscrita a favor de FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A., figurando en dicho Registro, Tomo NUM000, Libro NUM001 de Majadahonda, folio NUM002 . 2.- El mejor derecho sobre la finca de PINTURAS GAMA, S. L. frente a FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A., respecto de la titularidad de la finca doblemente inmatriculada, declarando, en su virtud, el mejor derecho de PINTURAS GAMA, S. L. sobre la parcela nº NUM005 del Polígono NUM009
, como anterior titular de las fincas registrales nº NUM010 y NUM011 del Registro de la Propiedad de Majadahonda y, por ende, como única dueña de la parcela NUM005 del mencionado Polígono NUM009, aportada a las Actuaciones Urbanísticas para el Desarrollo del Área de Reparto nº 17 "Los Satélites", por tener mejor derecho que la demandada sin que dentro de su perímetro ostente derecho alguno, declarando la nulidad del título dominical de FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A., respecto de la mencionada finca registral nº NUM003, posteriormente identificada como parcela catastral nº NUM005 del Polígono NUM009 de Rústica de Majadahonda, declarando nulos y ordenando la cancelación de los folios registrales de la inscripción primera de inmatriculación y posteriores de la finca registral nº NUM003, después identificada como parcela catastral nº NUM005 del Polígono NUM009 de Rústica de Majadahonda inscrita a favor de FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A. en el Registro de la Propiedad nº 2 de Majadahonda, Tomo NUM000, Libro NUM001 de Majadahonda, folio NUM002 . 3.- Y, en consecuencia, el mejor derecho de PINTURAS GAMA, S. L. frente a FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A. sobre las fincas de resultado de la parcela NUM005 del Polígono NUM009 de Rústica de Majadahonda, que se refieren en las páginas 35, 36 y 37 de la demanda, punto 7 de su Suplico, declarando procedente que se proceda a la inscripción en el Registro de la Propiedad nº 2 de Majadahonda, de las mencionadas fincas a nombre exclusivo de PINTURAS GAMA, S. L., eliminando el concepto de fincas litigiosas y se condena a la demandada FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A. a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como al pago de las costas causadas.
El recurso se sustenta en tres motivos:
Error de hecho en la valoración de la prueba a la hora de determinar que existe cosa juzgada.
Infracción del artículo 222 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
Desestimación de la demanda al no haberse probado el dominio sobre la finca catastral NUM005 .
Para resolver el recurso, hemos de tener en cuenta los datos siguientes:
La ahora demandada recurrente, FINCAS DE MAJADAHONDA, S. A., interpuso frente a la aquí demandante-apelada, PINTURAS GAMA, S. L., en fecha 24 de octubre de 2000, ante el Decanato de los Juzgados de Primera Instancia de Majadahonda, demanda de Juicio de Menor Cuantía, en la que se pretendía se declarara a favor de la misma la finca, antes rústica y actualmente urbana, en el término de Majadahonda con la siguiente descripción "al sitio del DIRECCION000 y DIRECCION001, que linda al Norte, Camino de Bramudo, Herederos de Florentino, al Este, Herederos de Lucio, María Dolores, al Sur, Carlos María y al Oeste, Ángel, Donato y Herederos de Horacio . Tiene una superficie de trece hectáreas, setenta y un áreas, cincuenta centiáreas. Inscrita en el Registro de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial, Tomo NUM000, Libro NUM001 de Majadahonda, Folio NUM002, Finca NUM003, Inscripción 5ª". Señalaba la citada parte, que la misma había sido adquirida por D. Casimiro y D. Genaro, por subasta judicial, junto con otras fincas, mediante escritura de 12 de marzo de 1959, en proceso seguido contra el anterior dueño de las mismas D. Modesto, en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid, a instancia de Banco Ibérico, S.
A., habiendo, los adquirentes antes citados, aportado la citada finca, en unión de otras, para la constitución de la...
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ATS, 21 de Enero de 2014
...la Sentencia dictada, con fecha 22 de enero de 2013 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Octava), en el rollo de apelación nº 930/2011 , dimanante de juicio ordinario nº 51/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de - Mediante diligencia de ordenación de fecha 5 de marzo de 201......